PROYECTO DE TP
Expediente 0823-D-2013
Sumario: TALLERES REFERIDOS A LA TRATA DE PERSONAS DESTINADOS A LA COMUNIDAD EDUCATIVA: INCORPORACION EN LOS CONTENIDOS CURRICULARES DE LOS PLANES DE LA EDUCACION SECUNDARIA.
Fecha: 13/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
El Senado y Cámara de Diputados...
TALLERES REFERIDOS A LA
TRATA DE PERSONAS DESTINADOS A LA COMUNIDAD
EDUCATIVA.
ARTÍCULO 1°.- El Ministerio de
Educación de la Nación, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación,
establece la incorporación de talleres referidos a la "Trata de Personas" en la
currícula escolar del Nivel Secundario de Enseñanza, tanto en los servicios
educativos de gestión estatal y privada, como de gestión cooperativa y gestión
social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos
y modalidades de la educación.
ARTÍCULO 2°.- El objetivo de la
presente ley es capacitar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la temática
de la Trata de Personas.
ARTÍCULO 3°.- La autoridad de
aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación de la Nación, en
acuerdo con el Consejo Federal de Educación. A los fines de la implementación de
la presente ley, el Ministerio de Educación de la Nación coordinará acciones con el
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
ARTÍCULO 4°.- La temática de Trata
de Personas será considerada como problemática específica en una Unidad
Programática dentro de los planes de estudio vigentes en el nivel secundario.
ARTÍCULO 5°.- Los talleres serán
impartidos por especialistas o personas idóneas en el tema, funcionarios,
miembros de organizaciones sociales dedicadas al trabajo sobre Trata de
Personas; estarán dirigidos a todos los actores de la comunidad educativa; su
dictado se ajustará a las características del grupo asistente, y los mismos se
desarrollarán en forma gradual y permanente.
ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo
deberá reglamentar la presente ley en un plazo de NOVENTA (90) días desde su
promulgación.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La globalización constituye una
realidad política, cultural y económica que propicia diversas formas de dominación,
una de ellas es la trata de personas, un delito complejo que afecta a todos los
países del mundo.
Nuestro país no fue ajeno a esta
situación y ya en 1913 se colocó a la vanguardia legislativa al promulgar la primera
Ley contra la trata de blancas, la prostitución de niñas y adolescentes y el
rufianismo, que en ese momento, fue impulsada por el diputado socialista Alfredo
Palacios. Es importante aclarar que a principio de siglo sólo se hacía referencia a
la trata de blancas ya que señalaba como únicas víctimas posibles a mujeres
blancas y europeas y determinaba como único fin el de la explotación sexual.
Con el correr del tiempo, este concepto
quedó obsoleto y actualmente entendemos a la Trata de Personas como un
fenómeno que afecta mujeres, niñas, niños y hombres de diferentes orígenes
étnicos pero también con otros fines, no sólo la explotación sexual, sino también la
explotación laboral, entre otros.
Entendemos que durante muchos
años, hubo una falta de continuidad en las políticas públicas, que sumado a la
naturalización social de este delito, y al proceso de globalización al que hacíamos
referencia, el negocio de la trata de personas se incrementó, llegando a disputar
los primeros lugares, junto al tráfico de armas y de drogas, de delitos cometidos
por las redes de crimen organizado.
Recién desde 2003 nuestro país
incluyó en la agenda de políticas públicas, la lucha contra este delito con una firme
decisión política de combatir la trata y la explotación de personas, que se ha
plasmado en dos niveles de políticas: el de la emergencia y la necesidad de
rescatar a las víctimas de las redes de trata, y el más profundo, de construcción de
un modelo alternativo que desactivara los factores que posibilitan la explotación,
basado en la inclusión social y la restitución y el reconocimiento de los derechos
humanos. Se redactó entonces un proyecto de ley para reprimir, sancionar y
brindar asistencia a sus víctimas.
En el mes de diciembre del 2006 este
proyecto obtuvo media sanción en la cámara de senadores de la nación. Sin
embargo al año siguiente recibió críticas que no permitieron que se tratara en
cámara de diputados.
Como consecuencia de esto el
entonces presidente de la nación Néstor Kirchner firmó un decreto Nro 1281 el 2
de octubre del 2007 que dio origen al "Programa nacional de prevención y
erradicación de la trata de personas y asistencia a sus víctimas".
Continuando con políticas públicas en
la actual gestión de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, se avanzó en
esta temática, y finalmente el 29 de abril del 2008 se sanciono la ley 26.364 (de
Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas)
Además de ser considerado una
violación a los derechos humanos, la trata es considerada un delito vinculado al
crimen organizado, ya que requiere el accionar encadenado de múltiples actores
(quien realiza el ofrecimiento del trabajo, quien fragua la documentación, quien
traslada, quien recibe ene l lugar de explotación, quien explota, etc.)
Recientemente, luego de darse a
conocer el escandaloso fallo del tribunal tucumano que absolvió a los trece
imputados de haber secuestrado y sometido a la explotación sexual a Marita
Verón, organizaciones sociales, políticas y ciudadanos argentinos en todo el país
salieron a la calle en repudio al fallo de la justicia tucumana, ante lo que la
presidenta Cristina Fernández de Kirchner toma la decisión de convocar a
sesiones extraordinarias para tratar en la cámara de diputados el entonces
proyecto de ley que sustituye la ley 26.364. Producto de este tratamiento el 19 de
diciembre del 2012 es sancionada por el congreso y promulgada la ley 26.842 que
modificó la normativa sobre prevención y sanción de la trata de personas y
asistencia a sus víctimas.
Las modificaciones más importantes
que encontramos en esta nueva ley son:
- El consentimiento, ya que muchas
veces no se podía llegar a una condena porque la víctima aseguraba que había
consentido la relación de explotación sexual debido a que estaba amenazada.
- la diferenciación de las víctimas de
trata según sean mayores o menores de 18 años y dentro de esta diferenciación
los medios comisivos tomados del protocolo de Palermo.
- La creación del Consejo Federal
para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y
Asistencia a las Víctimas en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
- La constitución del Comité Ejecutivo
para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y
Asistencia a las Víctimas.
- Modificaciones respecto la
estipulación y alcance de las penas.
Este proyecto, está enmarcado en la
línea de acciones concretas que el gobierno de la presidenta Cristina Fernández
lleva adelante, entendiendo que la trata de personas no es sólo un delito, sino
también un problema social y cultural que implica la vulneración de los derechos
humanos.
Si realizamos un análisis de la
población en riesgo, identificamos principalmente a niños, niñas y adolescentes,
evidenciando que es el grupo etario al que hay que prestar especial atención; por
ello, incluir en la escuela talleres en los que se pueda hablar, conocer e informarse
sobre esta realidad contribuye a la prevención y futura erradicación de este
flagelo.
El objetivo principal es difundir a
docentes y alumnos de nivel secundario, toda la información disponible de un
tema tan delicado, utilizando la metodología del taller con la finalidad de crear
conciencia, adquirir conocimiento y a la vez de difundir esta información a esta
parte de la población que es una de las más susceptibles.
Creemos que la escuela es la
institución óptima para generar este necesario espacio de debate y diagnóstico
que permita unificar criterios sobre el problema social de la trata de personas, y
concientizar a todos los niños, niñas y jóvenes del país.
Es por estas razones que solicito a mis
pares que acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, MARIA LUZ | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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