PROYECTO DE TP


Expediente 0787-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26169, DE TRANSPORTE DE CARGA SANITARIA.
Fecha: 13/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que reglamente la Ley Nacional 26.169, de Transporte de Carga Sanitaria, sancionada el 15 de Noviembre de 2006 y promulgada de hecho el 6 de Diciembre de 2006.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ley 26.169, titulada "Transporte de Carga Sanitaria" fue promulgada de hecho el 6 de Diciembre de 2006.
En su artículo 2, la mencionada norma establece que
"Las empresas que presten servicios de transporte aerocomercial de pasajeros y de carga, regular o no regular, están obligadas a transportar "carga sanitaria" en el primer vuelo que parta al destino requerido. La "carga sanitaria" tendrá prioridad para ser embarcada sobre todo otro tipo de cargamento y los pasajeros."
Es destacable que la norma cuenta en su articulado con varias disposiciones reglamentarias. Las cuestiones que ya están definidas desde la propia letra de la ley son las siguientes:
Se define el concepto de "carga sanitaria" (artículo 1)
Se establece un rango de multas, dentro del cuál la autoridad de aplicación de la ley deberá fijar las sanciones a quienes la incumplan (artículo 3).
Se establece también que "La autoridad de aplicación (...) será la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios."
Sin embargo, y a pesar de que la tarea por realizar no es cuantiosa, en la medida en que, por ejemplo, no hace falta crear ningún organismo específico de aplicación, al día de la fecha la ley 26.169 encuentra obstáculos para su cumplimiento cabal.
En relación a la reglamentación pendiente, mencionemos que la norma no se pronuncia explícitamente sobre determinados casos que acontecen cotidianamente, como aquel en que una empresa que brinda servicio de correo recibe carga sanitaria con el fin de despacharla y no lo hace en el primer vuelo a partir de ese momento. Se verifican también situaciones como aquella en la que una carga llega a determinada Terminal aeroportuaria con demasiada poca antelación, imposibilitando o dificultando el embarque.
Cabe mencionar, a modo de ejemplo, que el 17 de Febrero del corriente año, gracias a arduas gestiones, se logró destrabar el envío de insumos sanitarios destinados al Hospital Regional de Río Grande (Tierra del Fuego), que habían sido rechazados en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza por más de un mes, debido a cuestiones burocráticas internas de la empresa de cargas y de la delegación de Aduana Nacional correspondiente. Es de suponer, además, que en otros casos de esta naturaleza, los envíos de cargas sanitarias podrían demorarse por lapsos inaceptables.
Otra situación indeseable que viene dándose consiste en que algunas cargas sanitarias (tenemos conocimiento específico de las que se despachan hacia Tierra del Fuego), pueden estar demoradas hasta un día en el Aeroparque Jorge Newbery, ya que sólo hay un vuelo diario desde esa Terminal hacia Tierra del Fuego, cuando desde el Aeropuerto Internacional de Ezeiza parten alrededor de diez vuelos diarios. En ese sentido, es necesaria una reglamentación que especifique la responsabilidad que le cabe a cada actor involucrado en estas dilaciones.
Finalmente, consideramos que el Poder Ejecutivo tiene la obligación de actuar con celeridad en cuestiones como esta, en las que se ponen en juego bienes tan preciados como la salud de los habitantes del país. En este sentido, solicitamos que se tomen las medidas necesarias para que la Ley 26.169, de Transporte de Carga Sanitaria, comience a cumplirse de manera efectiva a la brevedad posible.
Por todo ello, solicito a los señores diputados que acompañen este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
SCIUTTO, RUBEN DARIO TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/10/2009 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad con modificaciones como proyecto de declaración