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PROYECTO DE TP


Expediente 0742-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RESOLUCION 110/2008 DEL COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION ACERCA DE LAS SEÑALES CITADAS EN EL ARTICULO PRIMERO DE LA CITADA RESOLUCION
Fecha: 17/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que por intermedio del organismo que corresponda, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, con relación a la Resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión los aspectos que a continuación se detallan:
1- En qué norma se referencia específicamente la nueva categoría considerada "señales o canales nacionales" que cita el artículo primero de la mencionada Resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión.
2- Bajo qué principio, criterio o norma, se ha establecido que los canales o señales citados en el inciso b) del artículo primero de la mencionada Resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión, son consideradas "señales nacionales de noticias".
3- Si hubo evaluación previa al dictado de la Resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión, para determinar que señales o canales son considerados "señales nacionales de noticias". De ser afirmativa la respuesta, remitir a esta Cámara el informe correspondiente a los estudios realizados.
4- Los motivos por los cuales las señales o canales de producción local de toda la Argentina no reúnen los requisitos para ser considerados de interés nacional. Remitir informe correspondientes de dichos estudios.
5- En qué principio, criterio o norma se sustenta la decisión de ponderar las señales o canales de noticias en las grillas por sobre las de otras producciones también de interés cultural.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión, publicada el 13 de marzo de 2008, avanza en regular las grillas de programación de los servicios complementarios de radiodifusión cuya prestación se realice por vínculo físico, con independencia de la localización en la cual se encuentren emplazados.
La imposición de regulación a las grillas de programación a los servicios complementarios de radiodifusión con los criterios que enuncia la nueva disposición, suponen al menos, la reflexión y preocupación por las decisiones que se adoptan sobre un tema sumamente relevante para la República como lo es el tema de la radiodifusión.
Desde hace años, que el Poder Legislativo y lógicamente el Ejecutivo, viene manteniendo una deuda importante con la sociedad Argentina. Perdura una ley como lo es la de Radiodifusión dictada durante la dictadura militar y aún hoy está pendiente de debate el dictado de otra que la reemplace.
Una nueva ley que adecue las nuevas circunstancias en materia de radiodifusión en el país, establezca claras reglas de juego entre los comunicadores y la sociedad, más aún tratándose de servicios de interés público que propenden al enriquecimiento cultural del país.
Es cierto que se han realizado esfuerzos para modificarla, ellos han significado, en tiempos de democracia, al menos promover desde este Parlamento reformas parciales a la Ley de la dictadura. Algunas significativas como la reforma promovida por la Ley 26.053 al Art. 45º de la 22.285, otras también indicadoras y que perdieran estado parlamentario a pesar de haber sido aprobadas por la Cámara de Origen como lo es la modificación del artículo 96 sobre autarquía, dependencia y composición del directorio del COMFER.
En tanto el Poder Ejecutivo Nacional reconoce en un apartado de los considerandos del Decreto 1005/99, "Que resulta oportuno revisar algunos contenidos de la Ley de Radiodifusión y sus modificatorios, a los efectos de posibilitar su adecuación a las grandes transformaciones operadas en el campo económico, social y tecnológico".
Lo ciertos es que distintos sectores representativos de la sociedad manifiestan la necesidad de tomar este tema como política de Estado, que comprometa a todas las fuerzas políticas representadas en el parlamento a realizar en la inmediatez ese debate.
Por ello es que resulta al menos inoportuna la resolución 110/2008 del Comité Federal de Radiodifusión, por cuanto debemos preguntarnos si ella, ante la ausencia de una legislación adecuada a las nuevas realidades, no avasalla las autonomías locales y por lo tanto al federalismo, generando de alguna forma una situación de discriminación de las producciones locales que tranquilamente podrían considerarse de igual manera producciones de interés nacional.
Muchos canales abiertos de todo el país han sido pioneros en materia de la comunicación federal de la televisión Argentina, colaborando en el enriquecimiento cultural de la sociedad. Esta norma, a priori, linda con la arbitrariedad al establecer compulsivamente un determinado ordenamiento que a su vez estaría vulnerando el principio de Libertad de Expresión establecido en los artículos 14º, 32º y 43º de la Constitución Nacional.
Desde el 10 de diciembre de 1983 el país inició un proceso de reconstrucción de su identidad, fundada en los valores de respeto por los derechos constitucionales regidos por lo más preciados principios democráticos.
En la construcción de una nueva Nación, le correspondió al Congreso Nacional la ardua tarea de reparación de los marcos normativos que le habían dado legitimidad a los años de la dictadura militar.
En la actualidad nuevos contenidos y vertiginosos avances tecnológicos como las comunicaciones exigen una urgente actualización de la norma. Sin embargo los obstáculos son numerosos e impiden la sanción de una nueva ley de radiodifusión. Debatir una nueva ley en esta materia, es el desafío y debe encontrar a todos los actores participando activamente en ese debate.
La nueva ley de radiodifusión evitará el manejo discrecional de los medios de información y las arbitrariedades y favorecerá definitivamente el respeto a la Libertad de Prensa y Expresión.
Por lo expuesto solicitamos a los Señores Diputados, la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 09/04/2008