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PROYECTO DE TP


Expediente 0723-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA CARCELARIO ARGENTINO DE MUJERES.
Fecha: 12/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos pertinentes, se sirva informar todas las cuestiones relacionados con el funcionamiento del sistema carcelario argentino de mujeres:
1- Con respecto al régimen de vigilancia de las personas privadas de la libertad: ¿Se cumplen con las auditorias previstas para el personal penitenciario? En caso afirmativo indicar;
- con que periodicidad se realizan.
- como se llevan a cabo esos controles.
En caso negativo, explique los motivos.
2- ¿Existe un relevamiento en el sistema carcelario federal sobre cuántos fallecimientos se registran al año y por qué causas?
3- Existe un relevamiento que permita conocer cuántas denuncias se reciben al año por abusos recibidos por las reclusas.
¿Existe algún mecanismo de ayuda para aquellos casos en donde las reclusas se niegan a denunciar dichos abusos? Especifique por jurisdicción y por unidad carcelaria.
4- Remita un listado de las organizaciones que están autorizadas a prestar servicios auxiliares de apoyo a personas privadas de la libertad, en diversos ámbitos como re-educación, capacitación en oficios, reinserción etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La situación de las personas privadas de libertad en nuestro país es uno de los problemas de derechos humanos más acuciante que enfrenta el mismo, la importancia del tema no reside solo en las persistentes y sistemáticas violaciones de derechos que ocurren en la mayoría de los lugares de detención, si no en el tipo de respuesta del sistema político y de la comunidad para enfrentar los distintos conflictos que se plantean en una sociedad quebrada por la exclusión y la pobreza.
Las cárceles argentinas constituyen una vergüenza para el mundo civilizado, ya que en ellas se transgreden los más elementales derechos humanos y garantías constitucionales.
Conforme con el art.10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Regla N° 8 de las Reglas Mínimas, los procesados deben estar separados de los condenados y deben ser tratados de acuerdo con su condición de personas no condenadas por la comisión de un delito.
Nuestro sistema penitenciario presenta una crisis manifiesta en cuanto a este principio ya que la sobrepoblación de reclusos bajo la modalidad de la prisión preventiva , estas personas que se encuentran a la espera de una codena se le suman aquellos reclusos que se encuentran ya cumpliendo su condena en el mismo establecimiento sin distinción de pabellones , es decir que conviven penados y procesados en situación de hacinamiento y comunión de vivencias potenciadoras del crecimiento y fortalecimiento de redes criminales desde las cuales se planean extorsiones, secuestros, delitos contra la propiedad, delitos contra la vida y otros actos violentos que replican indefectiblemente sobre la población de extramuros, los ciudadanos comunes.
Produciendo tal situación enfrentamientos violentos por el espacio a ocupar, alimentos, ropa y privilegios. El clima hostil es la constante dentro de un hábitat de personas jóvenes, pobres, de escasa o nula educación y con códigos de marginalidad en progreso y claramente. A esta realidad hay que sumarle las complicaciones adicionales que enfrentan las mujeres que se encuentran en prisión por su género.
Es de público conocimiento que las instituciones carcelarias argentinas para mujeres no están preparadas para atender necesidades médicas específicas en razón de su género. Su situación de vulnerabilidad las hace proclives en muchos casos al abuso sexual por parte del personal penitenciario,
Pero más preocupante aún es la situación de las mujeres que conviven con sus pequeños hijos en prisión, sin infraestructura, higiene y asistencia médica pediátrica adecuada para los niños, generando graves consecuencias para estos niños que están prisioneros sin haber cometido delito alguno y sometidos a condiciones de vida sin una higiene, sanidad, seguridad y educación adecuada .
Tan elocuente resulta la situación carcelaria en nuestro país que la Corte Interamericana de Derechos Humanos recomendó en el año 2011 adoptar las medidas necesarias para asegurarse de que las personas privadas de libertad sean recluidas en condiciones dignas y congruentes con el principio del trato humano. En particular, insistió en adoptar medidas concretas para prevenir y erradicar el hacinamiento.
Estas son solo algunas de las situaciones que las personas privadas de libertad padecen, el diagnóstico es extremadamente negativo y afecta en forma directa a un sector importante de la sociedad, impone que este tema forma parte de la agenda de derechos humos de la política nacional y de los sistemas provinciales, con urgencia y compromiso ético. Para lograrlo es fundamental que se consoliden mecanismos de control eficaces y que se cumplan con la obligación internacional de implementar el Protocolo Facultativo, con una gestión que consiga avanzar en los cambios estructurales necesarios para romper con las viejas lógicas y prácticas policiales, penitenciarias y judiciales.
Por todo lo expuesto, le solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)