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PROYECTO DE TP


Expediente 0721-D-2011
Sumario: LEY 24196 (REGIMEN DE INVERSIONES DE LA ACTIVIDAD MINERA): MODIFICACION DEL ARTICULO 22 (VALOR "BOCA MINA" DEL MINERAL EXTRAIDO) Y DEROGACION DEL ARTICULO 22 BIS.
Fecha: 15/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Sustitúyase el Art. 22 de la Ley 24.196 (Régimen de Inversiones de la Actividad Minera), el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art.22 - Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al siete por ciento (7 %) sobre el valor "boca mina" del mineral extraído.
Artículo 2º: Derógase el Art. 22 bis, de la Ley 24.196 (Régimen de Inversiones de la Actividad Minera), incorporado por Ley 25.161.
Artículo 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Parlamento del Noroeste Argentino, resolvió el 31 de octubre de 2008, en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, dirigirse a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, a través de sus representantes, a fin del tratamiento y sanción del proyecto de ley que se presenta a su consideración.
El mismo trata de la reforma del Art. 22 de la Ley 24.196 (Régimen de Inversiones de la Actividad Minera), en el cual se modifica el valor del porcentaje a cobrar de un 3 % a un 7%, sobre el valor "boca de mina" del mineral extraido.
Asimismo, la derogación del Art. 22 bis, de la Ley 24.196 incorporado por la Ley 25.161, en el que se define "mineral boca mina", el "valor boca mina" y detalla los costos a deducir, por lo que a partir de su derogación los mismos no se considerarían.
Por todo lo señalado es que solicito se apruebe el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
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Comisión
MINERIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA