PROYECTO DE TP
Expediente 0634-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL POSIBLE DERRAME DE HIDROCARBUROS EN LA LOCALIDAD DE JUAN JORBA EN EL POLIDUCTO LUJAN DE CUYO-MONTECRISTO.
Fecha: 08/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional para que, a través del organismo que corresponda, informe:
1) Si se produjo un derrame
de hidrocarburos en la Localidad de Juan Jorba en el poliducto que va desde
Luján de Cuyo a Montecristo, específicamente la traza Villa Mercedes -
Montecristo.
2) De ser afirmativa la
respuesta anterior, indique que tipo de hidrocarburos se derramaron, en que
volumen y cual es el plan de remediación propuesto.
3) Señale los sistemas de
contralor que se realizan para éste tipo de plantas respecto de seguridad y
mantenimiento.
4) En caso de haber ocurrido
el hecho, enuncie las medidas tomadas y si las mismas resultaron
paliativas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al norte de la Localidad de Juan
Jorba, Provincia de San Luis, se encuentra ubicado un poliducto,
correspondiente al tramo Villa Mercedes - Montecristo incluido en el ducto Luján
de Cuyo - Montecristo, correspondiente a la empresa YPF.
Los organismos oficiales deben
monitorear y fiscalizar que las empresas adecuen su accionar a las leyes
vigentes, en particular la Resolución SCCRP/ 2008 del Programa de Residuos
Peligrosos, a fin de lograr un manejo efectivo de los recursos naturales.
El derecho a un medio ambiente
sano es, sin duda, un derecho humano fundamental y presupuesto del disfrute y
ejercicio de los demás derechos, por la íntima vinculación del ambiente con el
nivel de vida en general.
La Declaración de Estocolmo de
1972, señala que el hombre tiene " el derecho fundamental a la libertad y a la
igualdad, dentro de condiciones de vida satisfactorias, en un ambiente cuya
calidad le permita vivir en dignidad y bienestar, asimismo, tiene el deber
fundamental de proteger y mejorar el ambiente para las generaciones presentes
y futuras". Concepción derecho -deber a un ambiente sano, en cuanto a su
exigibilidad y participación en la tarea de protección y preservación del mismo,
por el bien jurídico protegido y el correspondiente deber convierte a los
habitantes en verdaderos agentes en el cuidado ambiental.
Por su parte, la Ley Nacional de
Medio Ambiente, a definido el daño ambiental, como toda alteración relevante
que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los
ecosistemas, o los bienes o valores colectivos, estableciendo una
responsabilidad objetiva al responsable de la producción del daño, debiendo
reestablecer las cosas a su estado anterior y en caso de no ser posible pagar la
indemnización correspondiente.
Por lo tanto, se requiere que en el
mayor breve plazo posible, el Poder Ejecutivo Nacional, explique lo
sucedido
Por lo aquí expuesto, solicito a los
Sres. Diputados de la Nación acompañen el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
MERLO, MARIO RAUL | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
PEREZ, ALBERTO JOSE | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
VIDELA, NORA ESTHER | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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