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PROYECTO DE TP


Expediente 0593-D-2014
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION EL PROYECTO EDUCATIVO "HUARPES EN SU PROPIA VOZ ", DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.
Fecha: 12/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar de interés de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el proyecto educativo "Huarpes en su Propia Voz" con su correspondiente material pedagógico, desarrollado por la Comunidad Huarpe Guentota de la provincia de Mendoza, destinado a docentes y alumnos del primero, segundo y tercer grado de la Educación Primaria.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Constitución de la Nación argentina dispone en su art. 75 inc. 17, que corresponde al Congreso: Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos; Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos. Asegurar su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.
La Ley 26.206 de Educación Nacional retoma estos principios y declara en su art. 52.- La Educación Intercultural Bilingüe es la modalidad del sistema educativo de los niveles de Educación Inicial, Primaria y Secundaria que garantiza el derecho constitucional de los pueblos indígenas, conforme al art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica; a desempeñarse activamente en un mundo multicultural y a mejorar su calidad de vida. Asimismo, la Educación Intercultural Bilingüe promueve un diálogo mutuamente enriquecedor de conocimientos y valores entre los pueblos indígenas y poblaciones étnica, lingüística y culturalmente diferentes, y propicia el reconocimiento y el respeto hacia tales diferencias.
La misma norma, en su art. 53 declara que el Estado será responsable de:
a) crear mecanismos de participación permanente de los/as representantes de los pueblos indígenas en los órganos responsables de definir y evaluar las estrategias de Educación Intercultural Bilingüe.
b) garantizar la formación docente específica, inicial y continua, correspondiente a los distintos niveles del sistema.
c) impulsar la investigación sobre la realidad sociocultural y lingüística de los pueblos indígenas, que permita el diseño de propuestas curriculares, materiales educativos pertinentes e instrumentos de gestión pedagógica.
d) promover la generación de instancias institucionales de participación de los pueblos indígenas en la planificación y gestión de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
e) propiciar la construcción de modelos y prácticas educativas propias de los pueblos indígenas que incluyan sus valores, conocimientos, lengua y otros rasgos sociales y culturales.
Para cumplir con estos objetivos fue creado el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Este organismo descentralizado fue creado por la Ley Nº 23.302, y reglamentado por el Decreto N° 155 en febrero de 1989. Su principal propósito es el de asegurar el ejercicio de la plena ciudadanía a los integrantes de los pueblos indígenas, garantizando el cumplimiento de los derechos consagrados constitucionalmente (Art. 75, Inc. 17).
Tal como lo expresa su norma constitutiva, el objetivo del INAI es la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, asegurar su defensa y desarrollo, su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades, implementando programas que permitan su acceso a la propiedad de la tierra y el fomento de su producción agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal en cualquiera de sus especializaciones, la preservación de sus pautas culturales en los planes de enseñanza y la protección de la salud de sus integrantes, tal como lo establece el Decreto Nº 410/06 que reglamenta su estructura organizativa.
Este repaso de normas y organismos creado por el Estado argentino da cuenta de la existencia de un conjunto de políticas públicas orientadas a la restitución de derechos y a reconocer a los pueblos originarios como sujetos plenos de derecho, con historia e identidad propia.
En este sentido es que ha sido elaborado el proyecto educativo "Huarpes en su Propia Voz" impulsado por la comunidad Huarpe Guentota con Personería Jurídica 679/98, con el apoyo de la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza.
El material educativo cuenta de tres cartillas y un video destinados a docentes y alumnos de 1°, 2° y 3° de la Educación Primaria y fue Declarado de Interés Educativo por Dirección General de Escuelas a través de Resolución Nº 1634 y Declarado de Interés Provincial por la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia por Resolución Nº 41. Asimismo fue Declarado de Interés Cultural, Social y Departamental por el Honorable Concejo Deliberante del Departamento Lavalle, provincia de Mendoza a partir de Resolución Nº 3050/2009.
Su objetivo es dar a conocer la cultura Huarpe y fortalecerla a través de la cosmovisión de ese mismo pueblo originario. Su contenido pedagógico busca generar mayor conciencia, participación y compromiso. A partir de actividades y testimonios realizados por propios miembros de la comunidad Huarpe, alumnos y docentes podrán reflexionar y debatir acerca de la realidad pluricultural que nos conforma. Entre los contenidos a desarrollar, en el primer ciclo, está la lengua, a través de cuentos, relatos y copias, entendiendo a la lectura como medio de expresión y comunicación de ideas y pensamiento. En el segundo, sobre todo, se dedicarán al cuidado del medioambiente, en la relación del huarpe con la naturaleza desde un enfoque cultural. Por último, en el tercer ciclo, se verá a los huarpes hoy, sus comunidades, lugares de vida, el pasado y el presente y el sustento.
Sin dudas que estas iniciativas ayudan a reconfigurar la historia incorporando a esta lectura la voz de las silenciadas y muchas veces ignoradas culturas originarias. Al mismo tiempo, fortalece la identidad de estos colectivos muchas veces injustamente discriminados a la hora de trabajar, educarse, o poseer tierras y recursos para mejorar su calidad de vida.
La historia de los Pueblos Originarios ha sido callada durante mucho tiempo. Y quienes escribieron sobre ella a menudo la tergiversaron para justificar el ataque o la discriminación. Así, se representó a los aborígenes, en mucha de la historiografía de uso escolar, como salvajes, malvados o ignorantes. Sin embargo hoy estamos asistiendo a una revisión de ese proceso histórico en nuestro país y de América Latina, a partir de la lucha sostenida por las propias comunidades.
Se trata en definitiva de realizar, con este Proyecto, un aporte al fortalecimiento de la diversidad cultural, en este caso promoviendo cosmovisión del pueblo Huarpe, ayudando a superar estereotipos y dando un nuevo sentido a nuestra historia a través de profundizar el proceso de inclusión de los pueblos originarios en la República Argentina.
Por estas y otras razones que expondré oportunamente, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/05/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0154/2014 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 12/2014 27/05/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 18/06/2014 APROBADO