Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0571-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LOS AUMENTOS EN EL PRECIO DE LOS ABONOS DEL SERVICIO DE "TELEVISION PAGA".
Fecha: 05/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Declarar su repudio por los excesivos e injustificados aumentos dispuestos por las firmas Cablevisión S.A. y sus Sociedades Controladas, la Asociación Argentina de Televisión por Cable y la Cámara de Cable operadores Independientes en el precio de los abonos del servicio de "televisión paga" que involucran a mas de cinco millones de usuarios colocándolos en un estado de indefensión frente a una presunta acción concertada tendiente a la fijación de los precios del servicio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A principios del corriente año, diversos medios de comunicación dieron cuenta de los aumentos en los precios de la televisión paga de conformidad con anuncios realizados por las propias firmas que operan en el mercado.
Al respecto, el diario LA NACION publicó en su edición del día 12 de enero de 2010 una nota titulada "AUMENTARÁ EL CABLE 9,4% EL MES PRÓXIMO".
En dicha nota, se indica que "Cablevisión aumentará en febrero un 9,4% el precio del servicio y el paquete básico pasará de 106,80 a 116,80, según anticipó a La Nación la empresa que ayer comenzó a comunicar las subas a sus clientes..."; añadiendo que "De acuerdo con la compañía, se trata de un aumento 'de la industria', con lo cual, en los próximos días otras empresas de cable comunicarán el aumento a sus clientes...".
En otra nota publicada por EL CRONISTA de fecha 12 de enero de 2010, se citan declaraciones de José Toledo, Presidente de Red Intercable -cuyas empresas integrantes brindan el servicio en unas 530 localidades- quien, señaló "...que algunas socias subieron los abonos en un promedio del 7% aproximadamente. Destacó que la prestación difiere mucho entre una región y otra, pero que el precio más caro que se cobra en el mercado cubierto por Red Intercable ronda los $ 100, mientras que el mínimo puede estar en 50 pesos. El grupo nuclea a 230 operadores, distribuidos en 19 provincias, y la mayoría de ellos son pymes y tienen entre 150 y 6000 abonados".
Por su parte, la ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC) publicó en su página web (www.atvc. org.ar) un comunicado de prensa titulado "COMUNICADO DE LA INDUSTRIA. ENERO DE 2010".
En el mismo, advierte que "debido al constante aumento en el costo de los insumos que componen nuestro servicio, en sentido divergente respecto del precio de nuestros abonos, y al incremento de los precios de servicios impuestos que impactan en los costos directos de la industria, las empresas de televisión por cable están realizando ajustes en sus abonos para readaptar los mismo al aumento de costos".
Sin perjuicio de los argumentos expuestos por las firmas señaladas en defensa de los aumentos, no deja de resultar llamativo que todas hayan actuado -al igual que el año anterior- en consonancia con un espíritu de cuerpo en la persecución de un interés común, pero común en la conformación de una postura que las fortalezca, actuando de manera conjunta en pos de la defensa de sus intereses comerciales y muy lejos de los intereses de los consumidores del servicio quienes constituyendo un vasto conglomerado de mas de cinco millones de usuarios, deben soportar decisiones acordadas en el marco de una conducta de claros rasgos monopólicos.
Repárese al efecto en los términos de la Resolución 8/2010 de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia de fecha 21 de enero de 2010 cuando expresa -en relación a la información periodística- "Que los hechos reseñados precedentemente dan cuenta de la existencia de actos positivos, realizados no ya por un actor individual del sector de TV paga, sino por los principales operadores y entidades que nuclean a los mismos, tendientes a la fijación presuntamente concertada de los precios del servicio. Que habida cuenta de la evidencia obrante, esta Comisión no descarta la existencia de otros actos de carácter preparatorio o instrumental realizados con la misma finalidad, tales como la celebración de reuniones entre competidores y el intercambio de información, entre otros."
Con estos argumentos, entre otros, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia resolvió Ordenar a las firmas CABLEVISION S.A. y sus sociedades controladas; DIRECTV ARGENTINA S.A.; TELECENTRO S.A.; SUPERCANAL S.A.; RED INTERCABLE S.A. y cada uno de sus integrantes, a todos y cada uno de los socios de la ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC) y de la CAMARA DE CABLEOPERADORES INDEPENDIENTES (CCI) se abstengan de realizar prácticas colusivas y en particular se abstengan de aumentar el precio de los abonos de servicio de televisión paga por el término de 60 días.
Señor Presidente, la conformación de practicas de neto corte monopólico en un servicio de gran masividad como es el de la televisión paga conspira contra lo dispuesto en el art. 42 de la Constitución Nacional cuando garantiza los derechos de los consumidores y usuarios "en la relación de consumo, a la protección de su seguridad e intereses económicos, a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno".
Resulta a todas luces arbitrario entonces que los aumentos que ya fueron comunicados a los usuarios y en algunos casos recaudados por la empresas operadores del servicio de televisión paga, se convaliden so pretexto de sostener criterios meramente economicistas que soslayan las implicancias económicas que generan en los consumidores, completamente cautivos -las mas de las veces- e imposibilitados de defenderse frente al ejercicio de practicas concertadas que se sostienen por un interés corporativo y especulador.
Por todo lo expuesto, invitamos a nuestros pares, Señores Diputados de la Nación, a que nos acompañen en el presente proyecto de resolución, con su tratamiento y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VAZQUEZ, SILVIA BEATRIZ BUENOS AIRES PARTIDO DE LA CONCERTACION - FORJA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA