PROYECTO DE TP


Expediente 0517-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INSTRUMENTAR LA ACREDITACION DEL 100% (CIEN POR CIENTO) DEL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LO RECAUDADO POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) EN LA CUENTA BANCARIA VINCULADA A LA TARJETA DE DEBITO UTILIZADA POR AQUELLAS PERSONAS QUE COBREN LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO.
Fecha: 09/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que arbitre las acciones necesarias a fin de instrumentar la acreditación del 100% (cien por ciento) del importe correspondiente a lo cobrado por el impuesto al valor agregado en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta de débito utilizada por aquellas personas que cobren la Asignación Universal por Hijo, según lo establecido en el Decreto Nº 1548/01.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La devolución del IVA en compras con tarjeta de débito ha sido una medida que permite la compra registrada de la mayoría de los productos y servicios que utilizan los usuarios en la Argentina. Esta medida, no sólo ha permitido la registración de los intercambios comerciales y la bancarización de millones de ciudadanos, sino que ha sido una medida acertada para combatir la evasión fiscal.
Los Decretos Nº 1387, 1402 y 1548, de fechas 1, 4 y 29 de noviembre de 2001, respectivamente, y la Resolución General N° 1.166, de la AFIP permiten dicha operatoria vinculada a la retribución del impuesto al valor agregado por las compras con tarjeta de débito.
El presente proyecto se sustenta en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1402/01 y 1548/01, artículo 8°; y por los artículos 4° y 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Si modificamos la estructura tributaria para complementar los efectos redistributivos de la asistencia social y del aumento del empleo y del salario real derivados del crecimiento económico, resulta justo aplicar una medida de sintonía fina como sería desgravar parcial o totalmente a los sectores socioeconómicos más vulnerables del pago de IVA.
La Asignación Universal por Hijo (AUH) entró en vigencia en Noviembre del año 2009 mediante Decreto 1602/09. Esta asignación está destinada a los hijos de personas desocupadas, que trabajan en el mercado informal o que ganan menos del salario mínimo, vital y móvil; tal como establece el Art. 2º de la Resolución 393/2009 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): "La Asignación Universal por Hijo para Protección Social será percibida por quien resulte titular, cuando las personas a cargo del grupo familiar sean monotributistas sociales, se encuentren desocupados o desempeñándose en la economía informal con un ingreso inferior al salario mínimo vital y móvil y siempre que no se encuentren alcanzados por alguna de las incompatibilidades mencionadas en el artículo 9º del Decreto Nº 1602/09".
Por otra parte, resulta necesario destacar uno de los párrafos de los considerandos del Decreto 1602/2009 el cual señala que "...una medida de tal naturaleza tiene sin embargo una indudable relevancia en cuanto significa más dinero en los bolsillos de los sectores más postergados. No implica necesariamente el fin de la pobreza, pero inocultablemente ofrece una respuesta reparadora a una población que ha sido castigada por políticas económicas de corte neoliberal."
En este sentido, es que consideramos que la devolución del IVA para todos aquellos que cobran la AUH será una medida propicia para coadyuvar a los sectores más vulnerables en cuánto a la capacidad de contar con más dinero para sus necesidades básicas.
Es por ello que solicitamos al Poder Ejecutivo, como bien se enuncia en el encabezado de este proyecto de resolución, que arbitres las acciones tendientes a instrumentar la acreditación del 100% (cien por ciento) del importe correspondiente a lo cobrado por el impuesto al valor agregado en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta de débito utilizada por las personas que resulta beneficiaras de la Asignación Universal por Hijo, según lo establecido en el Decreto N º 1548/01.
El presente proyecto de resolución tiene como antecedes los Expedientes 1055-D-2014 y 5283-D-2013, ambos de mi autoría, haciéndose una representación de su letra resolutiva y fundamentos.
Por los fundamentos expuestos precedentemente, solicito a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)