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PROYECTO DE TP


Expediente 0492-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INSTALACION DE UNA PLANTA DE LA EMPRESA BRASILEÑA "TIGRE" PARA LA FABRICACION DE TUBOS DE POLICLORURO DE VINILO (PVC) EN LA PROVINCIA DEL CHACO.
Fecha: 05/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que a través de la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Humano informe sobre los siguientes puntos:
1- Si tiene conocimiento de la instalación de una Planta en la Provincia del Chaco, por parte de la Empresa brasileña Tigre, que fabricará tubos de policloruro de vinilo (PVC).
2- Si las autoridades de la Provincia del Chaco han solicitado colaboración al Gobierno Nacional para realizar los estudios relacionados con el impacto ambiental que tal planta produciría.
3- Todo otro dato que sea de interés para una evaluación correcta de la instalación de la referida planta.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los medios periodísticos tanto nacionales como de la Provincia del Chaco han dado cuenta de la instalación de una Planta, en el Parque Industrial de la localidad chaqueña de Puerto Tirol, por parte de la Empresa brasileña Tigre, compañía fabricante de tubos y conexiones de PVC.
No descartamos la importancia económica que puede generar la inversión que realizará la empresa Tigre, pero es imprescindible que en estos temas se tengan previamente los estudios relacionados con el impacto ambiental ya que es bastante frecuente la contaminación derivada de la utilización de materiales de construcción y equipamiento.
Según los expertos en la materia los caños de PVC no solo llevan agua sino que esa agua arrastra sustancias que dañan a quien la bebe, y cuando se produce un incendio el PVC genera gases que contienen cianuro que afectan la salud de la población. Además el PVC produce una elevada contaminación en su fabricación.
Es cierto que la utilización de PVC esta generalizada y que las opiniones son divergentes, pero cuando no existe certeza científica absoluta con relación al efecto dañino de los materiales debemos tener en cuenta los Principios de la Declaración de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el medio ambiente, Estocolmo 1972, y los principios de la Declaración de Rió sobre medio ambiente, particularmente con el Principio 15 de dicho tratado que establece que "cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente o los daños a la salud de las personas.
Por tanto, es imprescindible que antes de la instalación de plantas industriales que tengan que ver con las consecuencias directas sobre el medio ambiente o sobre la salud de las personas o contribuyan al cambio climático que se esta produciendo con consecuencias imprevisibles en todo el mundo, es necesario decíamos, se realicen todos los estudios previos del impacto ambiental que tales actividades comerciales o industriales pueden producir.
En consecuencia, y por las razones expresadas solicito la aprobación de la presente Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FABRIS, LUCIANO RAFAEL CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)