Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0484-D-2006
Sumario: EXPRESAR REPUDIO Y CONDENA POR LAS DECLARACIONES EFECTUADAS POR EL EX REPRESOR LUCIANO BENJAMIN MENENDEZ SOBRE LAS VICTIMAS DEL TERRORISMO.
Fecha: 10/03/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su más enérgico repudio y condena por la declaraciones efectuadas por el ex represor Luciano Benjamín Menéndez , en las cuales se refiere a las víctimas del terrorismo de estado como "subversivos que asaltaron la República porque no creían en sus instituciones, y ahora las aprovechan y se refugian en ellas para juzgar a quienes las defendimos".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El ex comandante del III Cuerpo del Ejército, durante la dictadura militar, Luciano Benjamín Menéndez está acusado en más de quinientas causas por secuestros, desapariciones y asesinatos ante los tribunales.
En el escrito que ha presentado, negándose a declarar, en una de las causas ante el Juez Federal Jorge Parache expresó que "los terroristas marxistas derrotados en el campo militar abandonaron la lucha armada, pero no la política ni su objetivo de usurpar el poder para cambiar nuestro estilo de vida".
Por su parte, su abogado, el Dr. Horacio Conesa Mones Ruiz, dijo que los militares presos por su actuación en la represión debían ser liberados "en nombre de la paz y el amor". Y opinó: "Todo lo que hicimos, lo hicimos por la paz y el amor; hasta las trompadas las dimos por amor".
Además, el ex militar agregó que "...los subversivos que asaltaron la República porque no creían en sus instituciones, ahora las aprovechan y se refugian en ellas para juzgar a quienes las defendimos". También, dijo que "...las fuerzas legales nos ajustamos al Código Militar para enfrentar y vencer al terrorismo, sin cometer delito alguno". En éste sentido, desconoció la justicia civil y sostuvo que sólo aceptará ser juzgado por un tribunal militar porque, según argumentó, "éstos juicios son inconstitucionales". De ésta manera, manifestó que "la ley vigente cuando la subversión marxista inició el asalto armado a nuestra patria era la Nº 14.029" (Código de Justicia Militar).
En cuanto a éstas declaraciones, el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (16/6/05) ha elaborado un Proyecto de Principios sobre la Administración de Justicia por los Tribunales Militares. En el mismo establece que la competencia de los órganos judiciales militares debería excluirse a favor de la de los tribunales de justicia ordinarios para instruir diligencias sobre violaciones graves de los derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales, las desapariciones forzadas y la tortura, y para procesar y juzgar a los autores de esos crímenes.
En tal sentido, el informe sostiene que cada vez con más claridad se impone la idea que las personas acusadas de violaciones graves de derechos humanos no pueden ser juzgadas por tribunales militares en la medida que tales actos, por su propia naturaleza, no corresponderían al ámbito de las funciones ejercidas por tales personas. La investigación de los jueces civiles constituye una etapa decisiva para evitar toda forma de impunidad.
Esta fue la solución adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas al aprobar la declaración sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, que dispone que los presuntos autores de tales crímenes "sólo podrán ser juzgados por las jurisdicciones de derecho común competentes, en cada Estado, con exclusión de toda otra jurisdicción especial, en particular la militar".
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRIGNO, SANTIAGO LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDEZ DE FERREYRA, ARACELI ESTELA CORRIENTES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/05/2006 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones