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PROYECTO DE TP


Expediente 0481-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA NUEVA EMPRESA AGUAS Y SANEAMIENTO SA (AYSA) Y EL ENTE REGULADOR DE AGUAS Y SANEAMIENTO (ERAS).
Fecha: 11/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo para que brinde detalladamente la información que se solicita mas adelante relacionada con la nueva empresa Aguas y Saneamiento S.A. (AYSA) y el Ente Regulador de Aguas y Saneamientos (ERAS).
1. Detallar la asignación de los recursos que demande el funcionamiento de AYSA, al estar estimadas como ha sido publicado que la inversión es de alrededor de 3000 millones de pesos en cinco años, para que los actuales habitantes del conurbano tengan todos cloacas; y en el agua hay que invertir 500 millones de pesos por año.
2. Informar si dicha inversión concretada mediante aumentos en las tarifas, o absorbidos por el Estado; dado que se cuenta con una caja del servicio, de unos 1.000 millones de pesos al año, que alcanzaría solo para los gastos operativos y el mantenimiento de la red, pero no para hacer expansión. Aclarar si se hará con recursos del Tesoro Nacional, provenientes de Rentas Generales o habrá aportes de la Ciudad de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires que tienen responsabilidad porque el área donde no hay cloacas y agua está en su territorio, se le pedirá también colaboración a los municipios.
3. Informar si se ha previsto que las condiciones que regirán para Agua y Saneamientos Argentinos SA. (AySA) debe cumplir con todas las "metas y objetivos" de la fallida concesión que abarcan: la expansión de los servicios; la calidad del agua; las renovaciones de las redes; la eliminación de los pozos y la construcción de nuevas plantas potabilizadoras.
4. Informar cuál es la reingeniería que deben experimentar los mecanismos de control de la calidad de la prestación del servicio que a partir de ahora va a estar a cargo de una empresa estatal, y trabajos que se realizarán, especialmente para solucionar la presencia de nitratos en el agua en el conurbano.
5. Informar si se estableció algún plan quinquenal de obras, consensuado entre la Ciudad de Buenos Aires, la provincia y la Nación, las tres jurisdicciones que comparten la concesión.
6. Informar que destino tienen los ingresos que los usuarios siguen abonando del 2,16% de su facturación que debían ingresar al ETOSS para controlar a la empresa concesionaria, a la cual se le rescindió el contrato, y que fuera reemplazado por el Ente Regulador de Aguas y Saneamiento (ERAS) siendo que todavía no ha sido conformado.- Sin embargo, ninguno de los dos opera en la actualidad. Como referencia l a recaudación mensual, que teóricamente debería destinarse a financiar el ente de control, supera el millón de pesos. Por ese concepto, la compañía habría recaudado aproximadamente 14 millones de pesos en 2006.
7. Detallar cuál es la reingeniería que deben experimentar los mecanismos de control de la calidad de la prestación del servicio que ahora estan a cargo de una empresa estatal
8. Dado que desde el momento en que el Gobierno notificó la rescisión del contrato, el futuro del Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios (Etoss) ha quedado en medio de indefiniciones, informar sobre la continuidad del ente y de sus 150 empleados se los mantendrá o serán reubicados en otros sectores de la Administración Pública y en éste caso cuáles son las previsiones presupuestarias que las misma demanden.
9. El Poder Ejecutivo no considera que colisiona con su imagen y la transparencia de toda gestión pública al no serle aplicable a la empresa el régimen de contratación del Estado, pudiendo comprar, vender, contratar, sin los controles públicos que exigen licitaciones, si bien AySA se crea bajo el régimen de la ley 19.550 de sociedades comerciales y se regirá por las normas de derecho privado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El expediente 3489-D-2007 ha originado el actual proyecto que se acompaña.
La ciudadanía a través de la Cámara de Diputados de la Nación tiene la necesidad de conocer en detalle las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional, con respecto a la rescisión de la Concesión otorgada a la empresa Aguas Argentinas S.A. y la reestatización de los servicios de agua y saneamiento.
Los decretos que aprobaron la rescisión del contrato con Aguas Argentinas y la reestatización del servicio sanitario dejaron varias dudas que, en caso de no ser resueltas, podrían complicar el accionar de la nueva empresa estatal que fue creada para reemplazar a la ex concesionaria privada.
Según el Gobierno, Aguas Argentinas estaba en falta porque suministraba agua con una concentración de nitratos superior al máximo de 45 mg/l que permitía el contrato de concesión y el Código Alimentario, en tanto que es tolerable hasta una concentración de 0,10 miligramos por litro de los nitritos. La provincia de Buenos Aires, las normas vigentes permiten la provisión de agua con niveles de nitratos de hasta 100 mg/l, más del doble de lo exigido a Aguas Argentinas. Como se podrá compatibilizar esta dicotomía.
Al igual que con Enarsa, el Gobierno ha elegido para el servicio de agua potable y cloacas del área metropolitana la creación de una empresa privada, que no deberá regirse por el régimen de contrataciones del Estado. Es decir, podrá comprar, vender, contratar, sin los controles públicos que exigen licitaciones.
En el agua hay que invertir 500 millones de pesos por año. Y si no saldrán de las tarifas, los tendrá que aportar el Estado. El planteo es similar al que hacía Suez: el monto de inversión requerida para expandir la red de agua y cloaca y elevar la calidad de la prestación es el mismo que manejaban los franceses. Ellos pedían un aumento de tarifas para sostener esa inversión
La reestatización, no da tampoco garantías sobre la calidad del agua. La gestión estatal arrancará con iguales incumplimientos que llevaron a la rescisión. Para reducir la presencia de nitratos habrá que concretar fuertes inversiones. El primer interrogante se plantea con las condiciones contractuales que regirán para Agua y Saneamientos Argentinos SA.,, las autoridades no definieron con claridad si la nueva empresa deberá ceñirse al cumplimiento de todos los términos del contrato de concesión que tenía la anterior concesionaria.
Si tiene que ajustarse a rajatabla al contrato de Aguas Argentinas, la nueva operadora estatal arrancará su gestión con los mismos incumplimientos en la calidad de servicio que provocaron la rescisión.
Desde el 10 de marzo pasado, cuando se formalizó el marco regulatorio para la empresa estatal. Allí nació el Ente Regulador de Aguas y Saneamiento (ERAS), como sucesor del Etoss. Pero hoy no existe ni uno ni otro.
El primero ni siquiera fue formado, ni fueron nombrados sus funcionarios, que según el estatuto será designado su directorio por la Asamblea de accionistas compuesta por el Poder Ejecutivo Nacional. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires ni fue regulado su funcionamiento. El segundo formalmente dejó de existir.
El Presidente del Directorio está reservado para el Poder Ejecutivo, como el ERAS según la Resolución 676/2006, queda incorporado dentro de de la jurisdicción del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, al igual que la empresa AYSA, tenemos que yo la escribo y yo la vendo, los mismos que disponen como funciona la empresa la controlan.
Por supuesto los directores que se designarán en el Ente Regulador por concurso y lo mas probable es que no sean técnicos o profesionales con antecedentes en la materia.
Todos los meses, los usuarios de AySA deben pagar, con sus facturas, un porcentaje para financiar al Etoss, que no funciona, es decir Recaudan para un ente que no existe
El organismo fue reemplazado por el Ente Regulador de Aguas y Saneamiento tras la estatización de Aguas Argentinas, Sin embargo, ninguno de los dos opera en la actualidad
La recaudación mensual, que teóricamente debería destinarse a financiar el ente de control, supera el millón de pesos. la empresa estatal siguió cobrando en cada factura del servicio un 2,16% destinado a financiar al ente. Por ese concepto, la compañía habría recaudado aproximadamente 14 millones de pesos en 2006.
Aun sin funcionar, el ERAS ya ha sido blanco de críticas. Más allá del cambio de nombre, el nuevo organismo tendrá menos funciones que el anterior; no tendrá participación de los usuarios y será bastante más dependiente del Ministerio de Planificación Federal. "El ERAS se crea en el ámbito del Ministerio de Planificación Federal. Sin embargo, el marco regulatorio dispone que tendrá autarquía, aunque no especifica en qué consistirá este estatus". De todos modos, quien elige a los directores del ERAS es el Poder Ejecutivo, por recomendación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la provincia de Buenos Aires, es decir, "las mismas personas jurídicas que tienen participación accionaria en la concesionaria",
Se desconoce cuál es la reingeniería que deben experimentar los mecanismos de control de la calidad de la prestación del servicio que a partir de ahora va a estar a cargo de una empresa estatal
AySA se crea en "la órbita de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal bajo el régimen de la ley 19.550 de sociedades comerciales". Más adelante la norma detalla que AySA se regirá por las normas de derecho privado. El decreto de creación de AySA también prevé que no le es aplicable a la empresa el régimen de contratación del Estado. "Esto hace más ágil la contratación porque no tiene que pasar por el proceso de licitación, aunque, obviamente, es más difícil controlar algunos históricos vicios de las empresas del Estado, como los sobreprecios
Solicitamos la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
OBIGLIO, JULIAN MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/04/2008 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría