PROYECTO DE TP


Expediente 0418-D-2014
Sumario: PROGRAMA "MULTIPROPOSITO VALLE DESEADO" EN LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS DE LA NACION.
Fecha: 10/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MULTIPROPOSITO VALLE DESEADO
ARTIULO 1: Crease el Programa "MULTIPROPÓSITO VALLE DESEADO", en la órbita del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, tendiente a la reconversión productiva y abastecimiento de agua potable de la región comprendida a lo largo del curso del Río Deseado en el norte de la Provincia de Santa Cruz, desde su nacimiento en el Lago Buenos Aires hasta su desembocadura en el Océano Atlántico, comprendiendo a las localidades santacruceñas de Los Antiguos, Perito Moreno, Las Heras, Koluel Kaike, Pico Truncado, Cañadón Seco, Caleta Olivia, Fitz Roy, Jaramillo, Tellier y Puerto Deseado.
ARTÍCULO 2.- Autorícese al Poder Ejecutivo Nacional a reasignar las partidas presupuestarias necesarias e para llevar a cabo la presente iniciativa e incluir una partida especial en los presupuestos futuros con el mismo fin.
ARTÍCULO 3.- A los efectos de la cumplimentación de la presente Ley el Poder Ejecutivo Nacional establecerá las siguientes actuaciones:
a) A la Subsecretaría de Recursos Hídricos. Para la ejecución de las siguientes tareas, de conformidad a las pautas que como ANEXO I se acompaña formando parte de la presente.
1. Evaluación de los recursos hídricos de la cuenca del Río Deseado en toda su extensión y alternativas para la utilización del recurso para las localidades enunciadas, teniendo en cuenta el consumo poblacional, la irrigación agropecuaria y el uso industrial.
2. Construcción de un acueducto multipropósito a emplazarse a los largo del curso del Río Deseado en el norte de la provincia de Santa Cruz, desde su nacimiento en el Lago buenos Aires hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.
3. Para que incorpore al Grupo de Trabajo para la ejecución del PROTOCOLO ESPECIFICO ADICIONAL SOBRE RECURSOS HIDRICOS COMPARTIDOS ENTRE LA REPUBLICA DE CHILE Y LA REPUBLICA ARGENTINA el estudio integral de la Cuenca Hídrica Lago General Carreras - Lago Buenos Aires.
b) A la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca. Para la elaboración e implementación del "Programa "Patagonia Agrícola", de conformidad a las pautas que como ANEXO II se acompañan formando parte de la presente.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto toma los lineamientos del presentado en el año 2011 (proyecto de ley 1392-D-2011) y en el año 2013 (proyecto de Ley 4610-D-2013), que establecían la declaración de Interés Nacional del estudio de prefactibilidad del proyecto denominado MULTIPROPÓSITO VALLE DESEADO, tendiente a la reconversión productiva y abastecimiento de agua potable de la zona norte santacruceña. Ese proyecto fue basado en el presentado por el ex Senador Carlos Padres en el año 2004, con el n° de proyecto 157-S-2004, y al igual que en ese momento, la iniciativa no fue tratada como con la importancia merecida.
En el año 2011, en base a noticias periodísticas se tomó conocimiento que el Poder Ejecutivo Provincial de Santa Cruz, con fondos de la Nación, estaba impulsando el proyecto captación de agua del Lago Buenos Aires y la realización del acueducto para la zona norte de la provincia de santa cruz, planteando que en 90 días estría listo este proyecto para ponerlo en marcha. Lamentablemente, dos años después de esas noticias, todavía no se han visto adelantos sobre esta gran problemática que afecta a la zona norte de mi provincia.
Actualmente hay nuevas notas periodísticas donde el Vicegobernador de la provincia de Santa Cruz señala que hoy si se podía implementar este proyecto, ya que hoy se cuenta con la energía suficiente para traer el agua desde lago, y recalca que este proyecto es viable y sostenible. Más allá de estos dichos, aún no se ven medidas concretas por parte del Gobierno para implementar este proyecto de vital importancia.
Es aceptado que la privatización de YPF y del Gas del Estado le provocó, al menos, dos consecuencias negativas al Estado Nacional: perdió una herramienta fundamental para ejecutar la política energética y enajenó el instrumento que le permitía apropiarse de la renta petrolera.
Sin embargo es menos conocida otra consecuencia negativa y es aquella se produjo en el área petrolera de la Provincia de Santa Cruz. Las localidades afectadas fueron las ubicadas en el norte de Santa Cruz: Caleta Olivia, Cañadón Seco, Pico Trucado, Koluel Kaike y Las Heras.
Con la privatización se registró una fuerte reducción de la cantidad de ocupados en las actividades petroleras, desapareció el sistema de atención sanitaria y social que estas empresas prestaban a sus empleados y al grupo familiar, y dejaron de realizarse las inversiones en infraestructura urbana que YPF y Gas del Estado ejecutaba en dichas localidades.
De hecho se produjo una transferencia de prestaciones sociales y de inversiones urbanas desde la Nación a la Provincia. A lo que se debe agregar el problema social de la desocupación.
La ausencia del Estado Nacional debió ser cubierta por la Provincia de Santa Cruz. Y este reemplazo significó un incremento de las erogaciones del gobierno provincial.
Este caso particular de transferencia, de erogaciones del Estado Nacional a través de las dos empresas públicas, se encuentra comprendido, tanto en la letra como en el espíritu, por lo establecido por el art. 75 inciso 2 de la Constitución Nacional y esto es lo que justifica la creación de este Fondo de Compensación.
Sin embargo hay algo más. A partir del año 2003 se establece un precio político para los combustibles con la finalidad de evitar un incremento de los precios domésticos. Pero el problema es que a Santa Cruz se le pagan las regalías por el precio político y no por el internacional. A consecuencia de ello la Provincia termina con una disminución de ingresos y siendo el sujeto real del subsidio al consumo que se produce fuera de su territorio.
Uno de los requisitos fundamentales para alcanzar un desarrollo sostenible es la amplia participación de la opinión pública en la adopción de decisiones. Se trata de la necesidad de que las personas, los grupos y las organizaciones participen en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental, conozcan el mecanismo de adopción de decisiones y participen en él, sobre todo cuando exista la posibilidad de las mismas afecten a las comunidades donde viven y trabajan.
El Multipropósito Valle Deseado está dotado de este consenso. Todos los habitantes de las comunidades de la zona norte de la provincia de Santa Cruz, en mayor o en menor medida, ya son conocedores de este proyecto, al que adhieren y acompañan. Es por ello que este acueducto adquiere cada día más asentimiento.
El derecho humano al agua potable marca un hito en la historia de los Derechos Humanos. Por primera vez el agua es reconocida de forma explícita como un derecho humano fundamental. Los 145 países que ratificaron en noviembre del 2002 el CESCR International Pacto sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, están obligados a asegurar progresivamente que todos tengan acceso al agua potable segura, de forma equitativa y sin discriminación.
El artículo 41 de la Constitución nacional afirma que "todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales".
No hay dudas de que el agua es un bien común de la humanidad y que sin ella no hay vida en ninguna parte del planeta, por lo que es deber de todos los habitantes cuidarla y protegerla. El acceso al agua es un derecho humano básico que en muchas partes del mundo no es cumplido, por lo tanto hacer que se cumpla es una obligación de todos y pelear para que todos puedan acceder al libre acceso del agua potable es un derecho que debería ser cumplido por nuestros gobernantes, que por ahora hacen oídos sordos a los pedidos de la sociedad sobre el tema.
En función de lo expuesto es que solicito a mis pares acompañen la sanción del presente Proyecto de Ley.-
ANEXO I
Pautas para la construcción de un acueducto multipropósito a emplazarse a lo largo del curso del Río Deseado en el norte de la Provincia de Santa Cruz, desde su nacimiento en el Lago Buenos Aires hasta su desembocadura en el Océano Atlántico, comprendiendo a las localidades santacruceñas de Los Antiguos, Perito Moreno, Las Heras, Koluel Kaike, Pico Truncado, Cañadón Seco, Caleta Olivia, Fitz Roy, Jaramillo, Tellier y Puerto Deseado.
Se tomarán como base de la tarea las conclusiones y compromisos contraídos en el "X Encuentro Comité de Fronteras Región de los Lagos" realizado el año 1996 en Puerto Madryn, en el que los representantes de Argentina y Chile enmarcan los siguientes objetivos:
¨ Intercambiar experiencias entre las organizaciones que actúan en la administración, desarrollo y promoción de cuencas Hidrográficas, en especial las que guardan relación con aspectos político- institucionales.
¨ Establecer criterios y parámetros para priorizar las cuencas Patagónicas, en las que se abordarán estudios básicos para la elaboración de proyectos.
¨ Estudiar y proponer medidas de manejo y desarrollo conjunto en las cuencas Patagónicas con recursos hídricos compartidos.
¨ Identificar cuencas de interés prioritario.
¨ Constituir una comisión regional conjunta que elabore a lo menos un proyecto y gestione su financiamiento.
A tales propósitos se han de respetar los Principios y normas internacionales que a continuación se describen:
En el ámbito internacional, se han aprobado principios y normas tendientes a la preservación del agua como elemento fundamental para el sustento de los pueblos y a establecer ciertos compromisos de para los Estados en orden a proteger dicho recurso en sus respectivos territorios. Estas normas y principios han sido recogidos en instrumentos multilaterales de diverso valor jurídico y que en definitiva están orientados a la utilización racional y equitativa de los recursos hídricos, en especial, respecto de aquellos que son compartidos entre dos o más países. En ellos se busca principalmente el compromiso de los países de dar un uso responsable del agua, bajo principios de cooperación, uso equitativo y protección de los recursos y de no causar daño a la cuenca de donde éstos provienen. Entre estos instrumentos, se cuentan el Acta de Montevideo, sobre Uso Industrial y Agrícola de los Ríos Internacionales, adoptada en 1933, en la VII Conferencia Internacional Americana; las Normas de Helsinki, aprobadas en la 52 Conferencia de la Asociación de Derecho Internacional en 1966 (de valor doctrinario); la Convención sobre el Derecho de los Usos de los Cursos de Agua Internacionales para Fines Distintos de la Navegación; la Convención sobre Conservación de Zonas Húmedas de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, suscrita en Ramsar, Irán, en 1971 y, especialmente, el Tratado de Medio Ambiente entre Chile y Argentina que fuera firmado en Buenos Aires el 2 de agosto de 1991.
Este último Tratado ha de resultar el andamiaje jurídico en donde han de transitar las acciones conducentes a los objetivos de esta ley. En él ambos países -Argentina y Chile- preocupados por el severo y persistente deterioro del medio ambiente en el mundo, reconocen la necesidad de armonizar la utilización de los recursos naturales que comparten, con la protección del medio ambiente, como una tarea indispensable para contribuir al desarrollo sustentable y el bienestar de sus pueblos y mantener, al mismo tiempo, la calidad de vida.
Para ello ha de considerarse puntillosamente el objetivo general del tratado que no es otro que el de emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente y el impulso a la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales, teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo.
A través de la firma de este Tratado, Argentina y Chile coinciden en que las políticas ambientales deben estar al servicio del hombre. En el marco de esas políticas debe prestarse particular atención a las poblaciones autóctonas.
Argentina y Chile deberán llevar a cabo acciones coordinadas o conjuntas principalmente, entre otros, en los siguientes sectores:
¨ Protección de la atmósfera: cambios climáticos, deterioro de la capa de ozono y contaminación atmosférica transfronteriza.
¨ Protección del recurso suelo: degradación de los suelos, desertificación y sequía.
¨ Protección y aprovechamiento del recurso agua.
¨ Protección de la diversidad biológica
¨ Prevención de las catástrofes naturales y ecológicas.
Tratamiento del tema de los Recursos Hídricos Compartidos con la República de Chile.
La gran extensión de la frontera argentino-chilena coloca a ambos países en la situación de compartir recursos hídricos. Tomando como base los principales instrumentos internacionales y recogiendo gran parte de los principios y recomendaciones que en ellos se expresan, Argentina y Chile han suscrito acuerdos bilaterales en los que establecen compromisos para el uso equitativo y razonable de los recursos hídricos compartidos.
Acta de Santiago, 1970: Este documento recoge los principios fundamentales de los acuerdos multilaterales antes mencionados, en cuanto al uso equitativo y razonable que debe hacer cada parte de los recursos hídricos compartidos en función sus necesidades, el compromiso de no contaminar las aguas y de proporcionarse recíprocamente información sobre los proyectos y obras de aprovechamiento de estos recursos.
Tratado de Paz y Amistad, de 1984: En este instrumento Chile y Argentina asumieron el compromiso de favorecer el desarrollo de proyectos conjuntos para el uso de los recursos naturales.
Tratado sobre Medio Ambiente, 1991: Como lo señaláramos en este acuerdo, Argentina y Chile convienen en la conservación y el uso equilibrado de los recursos naturales, establecen el principio de la responsabilidad ambiental compartida, la concertación internacional y la protección del recurso agua, y fijan normas para la prevención de catástrofes ecológicas.
Protocolo Específico sobre Recursos Hídricos Compartidos, Adicional al Tratado de Medio Ambiente, 1991: En el marco bilateral del Tratado sobre Medio Ambiente Chile y Argentina manifiestan su adhesión al concepto de manejo integral de las cuencas, formulan el propósito de regir el uso de los recursos hídricos compartidos mediante la elaboración de Planes Generales de Utilización para cada cuenca y reconocen los usos de los países sobre tales recursos al momento de celebrarse el Tratado.
Asimismo, el Protocolo Adicional Específico sobre Recursos Hídricos Compartidos, prevé la creación de un Grupo de Trabajo que se encargaría principalmente de la elaboración de los Planes Generales de Utilización de los Recursos Hídricos Compartidos.
Grupo de Trabajo Argentino Chileno sobre Recursos Hídricos Compartidos: Creada en el Marco del Adicional Específico sobre Recursos Hídricos Compartidos al Tratado de Medio Ambiente y en el ámbito de la Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física y de la Subcomisión de Medio Ambiente, este Grupo de Trabajo tuvo su primera Reunión en 1996. Lo integran, por parte de Chile, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile -Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes -Dirección General de Aguas y por la Comisión Nacional de Medio Ambiente. Por parte de Argentina, lo integran el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y la Subsecretaría de Recursos Hídricos.
Entre sus principales objetivos, está el establecimiento de Planes generales de Utilización de los Recursos Hídricos Compartidos, la elaboración común de Planes de Contingencia para enfrentar catástrofes o accidentes que afecten a las cuencas compartidas y la creación de un procedimiento de información recíproca sobre las obras actuales de aprovechamiento de recursos hídricos compartidos y de los que se constituyan en el futuro, de acuerdo con las respectivas legislaciones internas.
Grupo de Expertos: Para avanzar en el cumplimiento de los objetivos encomendados al Grupo de Trabajo sobre Recursos Hídricos Compartidos, se constituyó a su vez un subgrupo a cargo de las tareas técnicas referidas a la preparación de un catastro general de las cuencas con recursos hídricos compartidos, la elaboración de fichas temáticas para cada cuenca y los términos de referencia para estas fichas temáticas.
ANEXO II
Pautas para la implementación del Programa "Patagonia Agrícola" tendiente a su aplicación en la región comprendidas por los Departamentos Deseado y Lago Buenos Aires en la Provincia de Santa Cruz.
CREACIÓN DE PARQUES AGRÍCOLAS
El concepto más moderno en colonización de tierras.
Los Parques Agrícolas son complejos agroindustriales organizados para reducir costos, reducir riesgos y aumentar la competitividad de la agricultura. Su concepto fue desarrollado en Israel, y es considerado el enfoque más moderno para la colonización de tierras. Se trata de un área geográfica delimitada, que tiene chacras o parcelas que son de propiedad privada, pero que tiene centralizadas las siguientes funciones:
La planificación de la producción
Los servicios de provisión de agua y energía
Los servicios de maquinarias.
La asistencia técnica
Los servicios de cosecha
El procesamiento de post- cosecha
La comercialización
La promoción
Esta centralización de servicios y concentración de la oferta permite la realización de economías de escala sumamente importantes. Un productor individual no está en condiciones de amortizar una inversión en galpones, maquinarias, equipos, ni afrontar el proceso comercial individualmente.
El concepto es exactamente el inverso al que rige actualmente. Mientras que los emprendedores de hoy deben afrontar solitariamente una larga cadena de trámites y problemas, en los parques agrícolas se busca resolver los principales problemas que limitan el ingreso de nuevos actores a la agricultura. El productor tiene que asumir el compromiso de producir, pagar su crédito y el costo operativo del Parque, y contribuir al crecimiento del mismo. Pero lo hace en un contexto de apoyo, junto con otros productores que pasan por la misma experiencia, con apoyo técnico y financiero, y con un nivel de riesgo productivo y comercial mucho mas bajo que el emprendedor actual.
Los parques agrícolas serán administrados por un Consorcio o directorio, integrado por los propios productores. Los productores ingresarán al Parque a través de un Concurso Abierto. Las chacras se entregan con una vivienda, agua de riego, energía, e infraestructura de uso común. Eventualmente pueden entregarse "llave en mano", es decir, con la plantación realizada en forma total o parcial. De todos modos el financiamiento de la inversión para la producción y procesamiento se realizará a través de créditos individuales y colectivos, respectivamente. Estos se enmarcarán en el Programa "Patagonia Agrícola". Se trata de créditos hipotecarios de largo plazo y tasa internacional.
El Estado tendrá el rol de construir el Parque Agrícola, contribuir a la organización inicial del Consorcio, asignar las parcelas a los nuevos chacareros, proveer capacidad técnica y entrenamiento a los nuevos productores y verificar el cumplimiento de las pautas para el correcto funcionamiento del Parque.
Nuestra propuesta es, en una primera etapa, generar tres parques agrícolas a partir del Acueducto: el del Alto Valle, Valle Medio y Valle Inferior. El cuadro siguiente presenta un ejemplo de distribución de superficies.
SUPERFICIES IRRIGADAS
PARQUE Has. RIEGO
Alto Valle del Deseado 4.000
Valle Medio 2.500
Valle Inferior 2.500
TOTAL 9.000
Base: 1 Ha = 1/seg.
LOS PROGRAMAS DE DESARROLLO.
Para asegurar el éxito de todos los nuevos actores
Mientras que los Parques Agrícolas proveen la infraestructura y los servicios en un punto geográfico, los Programas de Desarrollo proveen los elementos para el desarrollo de sectores productivos en toda la Patagonia.
Proponemos la implementación del Programa "Patagonia Agrícola", que a su vez tendrá tres subprogramas: Frutas, Hortalizas y Ornamentales. Los productores de cada Parque Agrícola organizarán sus inversiones productivas en el marco de estos subprogramas, que tendrán las siguientes características:
Accesibilidad. Una debilidad marcada de toda Santa Cruz es la escasa cantidad de empresarios, y la impronta cultural del modelo económico vigente. Se requiere diseñar programas que permitan incorporar nuevos actores, especialmente jóvenes. Existe una cantidad enorme de recursos humanos desocupados o poco aprovechados, que sobreviven como empleados públicos o cuentapropistas. En buena medida la accesibilidad dependerá de que los Parques Agrícolas sean abiertos a las personas con mayor aptitud y necesidad, independientemente de su disponibilidad actual de capital. La hipótesis es que si las condiciones son relativamente claras y los riesgos son controlados, una gran cantidad de gente va a querer pasar a la actividad productiva.
Sustentabilidad. La calidad ambiental es un patrimonio intangible de la región. Ningún desarrollo puede plantearse hacia el futuro sin garantizar la plena conservación de los recursos naturales involucrados. Los programas deben garantizar el cumplimiento de pautas de uso que sean compatibles con la sustentabilidad.
Planificación participativa. Los programas deben planificarse adecuadamente, con la participación de las organizaciones empresariales, el gobierno nacional y/o provincial, y los organismos técnicos. La planificación no es un artefacto de la cultura marxista. Es un instrumento indispensable para conquistar los mercados que se definieron como objetivo.
Financiamiento. La disponibilidad de capital es indispensable para el desarrollo. El sector privado local tiene escasa capacidad de ahorro o soporta situaciones de endeudamiento. Las opciones son: o el dinero lo aporta el Estado, o proviene de fuera de la región. En el primer caso, se podría generar un proceso endógeno de acumulación de capital. En el segundo, la renta y la capacidad de decisión tenderían a salir fuera de la provincia. Obviamente, la idea principal es que exista capital disponible para poder realizar las inversiones requeridas por el programa, a ser devuelto en condiciones compatibles con la dinámica particular de cada negocio. Esto no puede lograrse con las líneas generales de crédito.
Tecnología. Los programas permiten estandarizar la tecnología de producción, garantizando el uso de tecnología competitiva y sustentable. Permiten también la realización de proyectos modulares que simplifican notablemente el proceso de elaboración de proyectos. Los programas también garantizarán la existencia de un proceso de investigación y desarrollo tecnológico que permita solucionar y mejorar los procesos de producción y comercialización. Se deberá garantizar la capacitación de empresarios y personal para poder alcanzar niveles adecuados de competitividad.
Organización Comercial. El Programa establecerá la estrategia comercial del sector, pudiendo en algunos casos concentrar el procesamiento, post cosecha o la comercialización en pocos centros concentradores, es donde se pueda amortizar equipamiento de avanzada. Este procedimiento permite alcanzar escala suficiente como para mejorar la capacidad negociadora de los productores, y como para afrontar los costos de gerencia especializada. Esta última puede ser subvencionada por el programa hasta el establecimiento completo de la cadena comercial. La concentración de los productos facilita el manejo de denominaciones de origen y procesos de certificación de calidad.
Promoción. Los programas permiten realizar campañas de promoción que serían inaccesibles para pequeños productores. El Estado apoyará las medidas necesarias para que los Productos de Santa Cruz alcancen los mercados para los cuales fueron promovidos.
Infraestructura. En los casos en que la infraestructura juega un papel limitante, los programas pueden generar obras de carácter estratégico para el desarrollo. Este concepto contrasta con el amplio despliegue actual de obras de infraestructura que no representan una ventaja para ningún producto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
TOLEDO, SUSANA MARIA SANTA CRUZ UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia)
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS
PRESUPUESTO Y HACIENDA