PROYECTO DE TP


Expediente 0304-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA PUBLICIDAD DE LOS ACTOS DE GOBIERNO.
Fecha: 03/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio al organismo que corresponda, informe a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación acerca de las siguientes cuestiones vinculadas a la utilización de los recursos públicos comprometidos para dar a conocer los actos de gobierno:
1) Detalle de las partidas presupuestarias previstas ejecutar para la publicidad de los actos de gobierno y de las autorizaciones de aumentos de esas partidas, como así también de los montos efectivamente ejecutados en los años 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008, con el proporcional ejecutado a la fecha del año 2009 en curso, particularizando las normas que autorizaron los aumentos según el año que corresponda y la/s jurisdicción/es de la/s cual/es provinieron esas transferencias de partidas.
2) Detalle de la nómina de empresas con la que se pautó publicidad de los actos de gobierno en los períodos mencionados en el ítem precedente. Pormenorizando en cada caso: programa o medio; día y horario; minutos o tamaño del espacio de publicidad; mensaje, nombre del aviso o imagen publicados y montos contratados en cada caso.
3) Detalle de los espacios de publicidad pautados en la vía pública, precisando empresas contratadas, circuitos utilizados, días pautados, contenido o nombre de las campañas y montos contratados en cada caso.
4) Listado de programas y/o medios que han solicitado debidamente contratar para publicitar los actos de gobierno y evaluación realizada para su rechazo o aceptación, acompañando copia de la documentación respectiva.
5) Los criterios y decisiones que se adoptan como parámetros formales para la selección y asignación de pauta oficial.
6) Los criterios adoptados por la Agencia Oficial de Noticias Télam S.E. como parámetros formales para hacer efectivo el pago correspondiente a las prestaciones contratadas en esta materia.
7) Listado de las empresas contratadas para la realización de los diseños o spots publicitarios desde 2004 hasta el presente, especificando fechas y producto realizado y, montos contratados en cada caso.
8) Los criterios y decisiones que se adoptan como parámetros formales para la selección y asignación de empresas en la realización de trabajos de diseño y spots publicitarios para publicitar los actos de gobierno.
9) Los criterios y objetivos perseguidos por el Gobierno Nacional que se adoptan como estrategia de comunicación para la realización de cada campaña publicitaria realizada durante el período 2004-2009.
10) Detalle de los espacios de publicidad pautados con los recursos, 25 millones de pesos, provenientes de la Decisión Administrativa N° 310, publicada en el boletín oficial Nº 31.441 del 7 de julio de 2008.
11) Detalle de los espacios de publicidad pautados con los recursos, 45 millones de pesos, provenientes de la Decisión Administrativa Nº 719, publicada en el boletín oficial el 15 de enero de 2009.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Un reciente informe de la Auditoría General de la Nación del 5 de febrero de 2009 que produce la Resolución 1 - AGN, que la Auditoría realizó de la gestión en la Secretaría de Medios de Comunicación, que es la Unidad Ejecutora del Programa 19 "Prensa y Difusión de Actos de Gobierno" para el ejercicio 2006 y primer trimestre del 2007 revela una situación decididamente preocupante.
Sus conclusiones observan que:
"La Secretaría de Medios de Comunicación no realizó una planificación estratégica, como así tampoco se definió una producción (metas físicas) en los presupuestos para los ejercicios 2006 y 2007.1"
"La normativa referida a la tramitación de la publicidad, en el ámbito de la Secretaría de Medios de Comunicación, es profusa, y no se encuentra adecuada a los sucesivos cambios tanto de jurisdicción como de instancias que intervienen en el proceso de desarrollo de la misma".
"La disparidad y carencia de normativa específica trae aparejada como resultado la informalidad en los procesos referidos a los distintos trámites necesarios para concretar la realización de la publicidad, ya sea en cuanto a la solicitud de la misma por parte del organismo, la ponderación por parte de la instancia específica de la Secretaría de Medios de Comunicación tanto como al intercambio de documentación con Télam S.E. referida a la aprobación por parte de la Secretaría de la pauta propuesta y de la recepción y convalidación de las facturas remitidas por la misma agencia".
"La complejidad del sistema de remitos y archivo de las facturas que Télam envía a la Secretaría de Medios de Comunicación para su pago dificulta el cruce de éstas".
En el año 2006, más precisamente 6 de julio, por tomar como parámetro, presentamos junto a otros señores diputados un proyecto de ley, que se caratuló con el Nº de expediente 3761-D-06, Régimen para la Publicidad Oficial, Derecho a la Información Pública, representado el día 3 de marzo de 2008, bajo el expediente Nº 0015-D-08.
Luego, varios proyectos se sucedieron en el mismo sentido, así como también pedidos de informes, que hasta la fecha no han sido debidamente respondidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
Preocupa entonces sobre manera el informe de la Auditoría y precisamente radica allí la importancia de la insistencia de saber al detalle, respecto a los aspectos relacionados con la utilización de los recursos para publicidad oficial: las partidas presupuestarias comparadas entre la previstas ejecutar y las ejecutadas con más los aumentos por reasignación de partidas; la nómina de empresas que pautaron publicidad; las campañas realizadas, su distribución regional y sus costos; los prestadores que solicitaron acceder a la pauta y fueron rechazados; los criterios aplicados en la asignación y en el pago; el nombre de las empresas contratadas para diseñar spots y diseños; etc.
La Ley 26.124 le otorgó, sucesivamente a través de prórrogas, a la Jefatura de Gabinete, en estos casos como responsables de la misma, a Alberto Fernández y posteriormente a Sergio Massa, los llamados "superpoderes", permitiéndole a dichos funcionarios tomar decisiones sobre el presupuesto nacional y modificar las partidas presupuestarias asignadas con absoluta unilateralidad o arbitrariedad.
Situación que aún hoy, sin ninguna razón perdura, a pesar que nuestra Carta Magna es taxativa en su artículo 76 que reza textual:
"Se prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.
La caducidad resultante del transcurso del plazo previsto en el párrafo anterior no importará revisión de las relaciones jurídicas nacidas al amparo de las normas dictadas en consecuencia de la delegación legislativa".
En este contexto, varias han sido las decisiones adoptadas por la Jefatura de Gabinete para utilizar no solo las partidas preestablecidas, sino las transferencias de las mismas, en este caso en materia de los recursos que se destinan a la publicidad de los actos de gobierno.
Citamos un ejemplo, la Decisión Administrativa N° 310, publicada en el boletín oficial Nº 31.441 del 7 de julio de 2008, que asignó un incremento de la partida presupuestaria para el programa 19, "Prensa y Difusión de Actos de Gobierno", en la jurisdicción 25 de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Ese incremento presupuestario ascendió a 25 millones de pesos.
Otro ejemplo lo constituye la Decisión Administrativa Nº 719, publicada en el boletín oficial el 15 de enero de 2009. Allí Massa y Fernández, modificaron el destino de partidas no ejecutadas por 55 millones de pesos, 45 de los cuales fueron transferidos al programa 19. La Decisión además llamativamente, fue adoptada el último día hábil de 2008.
Estos 55 millones estaban subejecutados en distintos programas de la Jefatura de Gabinete, destinados a optimizar: 19.350.000 pesos los controles ambientales, 4.670.000 pesos el "saneamiento y acondicionamiento de la cuenca Matanza-Riachuelo", 3.980.000 la "coordinación de políticas ambientales" de distinto tipo, todas en área de medio ambiente y finalmente alrededor de 27 millones que la Jefatura de Gabinete no utilizó para comprar "equipos de transporte, tracción y elevación". Los argumentos esgrimidos desde el ejecutivo es que la decisión "Fue una excepción. Tuvimos que hacerlo por una necesidad administrativa".
Dineros públicos sin controlar, que luego como en algunos casos se utiliza para campañas como la hecha pública en el diario La Nación, en su edición del día 8 de junio del 2008, que informe mediante se sostiene que entre los meses de marzo y abril se han gastado casi 13 millones de pesos con el objetivo de "convencer a la opinión pública de que la razón está del lado de la Casa Rosada, y no en los reclamos de los dirigentes y productores agropecuarios".
En reiteradas ocasiones, ya sea a través de los proyectos, declaraciones o posturas expresadas en el recinto, manifestamos nuestra preocupación porque el manejo de los recursos destinados a la publicidad de los actos de gobierno, no fueran utilizados para distorsionar la información ni para recompensar a los medios de comunicación que apoyan acciones del gobierno y castigar a los que elevan sus voces críticas, porque la situación restringe seriamente el derecho constitucional de libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a ser libremente informada.
Muchos ejemplos justifican lo dicho, denuncias de hechos que tomaron estado público respecto del tema y que también fueron replicadas a través de proyectos, declaraciones y posturas expresadas en el recinto.
Otros ejemplos lo constituyen la quita de publicidad oficial, la discriminación en la asignación de recursos que ya tuvo por parte de la justicia dos fallos históricos, uno el de la Corte Suprema en el caso del Diario de Río Negro por la quita de publicidad oficial hecha por parte del Gobierno de Neuquén y el más reciente el caso de la Editorial Perfil, donde la sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal emitió una sentencia que obliga a modificar la decisión del gobierno para con el medio. Esto demuestra que tanto para la justicia argentina, como para el parlamento, la necesidad de una ley que regule la publicidad oficial es prioritaria, así como lo es terminar con los abusos y/o corrupción en la asignación de los recursos. La publicidad oficial es un instrumento para que los gobiernos comuniquen sus actos, pero es también un derecho para los ciudadanos, el de acceso a la información pública.
En este último caso, los magistrados Guillermo Galli y Jorge Argento sostuvieron que en la causa se examinó "una conducta discriminatoria con el único objeto ostensible de castigar a publicaciones no afectas al Gobierno de turno" y se resaltó que "los principios de igualdad y de libertad de expresión que deben existir en un régimen republicano: Sin ellos, no existe democracia en el país"... sosteniendo que "la negativa del Estado a contratar con la editorial publicidad alguna, al parecer por calificarla de 'prensa amarilla', implica una evidente violación al principio de libertad de prensa que debe ser reparada de inmediato"... y definieron que "la libertad de expresión es esencial de la garantía de la ciudadanía de mantenerse informada para poder ejercer con conciencia sus derechos políticos".
También es oportuno destacar otro caso, un ejemplo de cómo se maneja el circuito de asignación y pagos en concepto de publicidad oficial, se trata del ocurrido en las oficinas de Télam. Si bien sobre el particular, a principios de este año 2009 el Juez Marcelo Martínez de Giorgi, le dictó la falta de mérito al empresario de medios José María Núñez Carmona, quien estaba sospechado de haber intentado sobornar a un gerente de Télam con 15 mil pesos para que le adelante el pago de una deuda de publicidad por unos 2 millones de pesos, lo cierto es que efectivamente el dinero fue encontrado en las oficinas del Subgerente General Sr. Carlos Fernández sin explicación.
Por otra parte, dos semanas antes, el 15 de abril de 2008, el Fiscal Nacional de Investigaciones Administrativas, Manuel Garrido, denunció a Albistur por otorgar casi 10 millones de pesos en publicidad oficial a empresas cuyos titulares resultaban ser parientes y amigos. El Fiscal Federal Oscar Amirante, tomó la denuncia del fiscal Garrido, que recayó en el Juzgado Federal Nº 9, y le pidió al Juez Octavio Aráoz de Lamadrid que investigara al funcionario por presuntas irregularidades en los contratos de comercialización de la publicidad oficial.
El Fiscal Garrido imputó también, sobre la posible comisión del delito de negociaciones incompatibles con la función pública, previsto y reprimido por el artículo 265º del Código Penal, en la misma denuncia que a Albistur, al Subsecretario de Gestión de Medios Alejandro Lenzberg, al Subsecretario de Gestión de Medios, Guillermo De Lella, ex Director Nacional de Políticas Regionales y Gustavo Fernández Russo, Director General de Comunicaciones.
Todos estos preocupantes casos, además han tomado estado público a partir de denuncias o trabajos de investigación hechas por Organizaciones No Gubernamentales como el Foro de Periodistas Argentinos (FOPEA), la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) o
Poder Ciudadano, o hechas suyas por organismos internacionales como la Relatoría Permanente para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos o la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
En este último caso, la SIP en 2006 dio a conocer un informe que exhorta nuevamente al gobierno de Argentina a trabajar sobre varios aspectos de la relación con los medios así como respecto a su normativa en materia de radiodifusión, acceso a la información y publicidad oficial.
Por otra parte también han sido numerosos los debates a través de foros o seminarios realizados en el ámbito de este parlamento sobre el particular para también ahondar, profundizar y reflexionar iniciativas y acciones tendientes a poner transparencia en el manejo de los fondos del estado destinados a la publicidad oficial.
Situaciones todas que conllevan a preocuparse y ocuparse en la defensa irrestricta de los derechos, en este caso el de la Libertad de Expresión que no puede ni debe ser condicionado, derecho inherente a la condición de ser humano, que está expresamente garantizado por el artículo 14º de nuestra Constitución Nacional y por la Asamblea General de las Naciones Unidas que en su Resolución Nº 59 del año 1946 declaró "La libertad de información es un derecho humano fundamental y el punto de partida de todas las libertades a las que está consagrada la Organización de las Naciones Unidas".
La publicidad oficial, es en definitiva un vehículo para que los ciudadanos conozcan la acción de gobierno, mal aplicada puede convertirse en una herramienta de censura indirecta.
Finalmente esperamos esta vez saber, conocer oficialmente, tal cual es la realidad de la utilización de los fondos utilizados para la publicidad oficial, por lo que esperamos que nuestros pares nos acompañen en la aprobación del presente proyecto y podamos hacer cumplir el rol constitucional que nuestra Carta Magna le asigna a nuestro Parlamento y sobre el particular generar los cambios que sean necesario para que definitivamente exista transparencia con estos fondos y se garantice la igualdad y la libertad.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)