Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0218-D-2011
Sumario: MODIFICACION DE LA LEY 22520 DE MINISTERIOS: CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DE LA NACION.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DE LA NACION.-
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación...sancionan con fuerza de ley:
Artículo 1º - Sustitúyese el artículo 1º de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, por el siguiente:
"ARTICULO 1º.- El Jefe de Gabinete de Ministros y TRECE (13) Ministros Secretarios tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación. Los Ministerios serán los siguientes:
- Del Interior.-
- De Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.-
- De Defensa.-
- De Economía y Finanzas Públicas.-
- De Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.-
- De Justicia, Seguridad y Derechos Humano.-
- De Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
- De Desarrollo Social.-
- De Salud.-
- De Educación.-
- De Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva.-
- De Producción.-
- De Vivienda y Desarrollo Urbano.-"
Art. 2° - Incorpórase como Artículo 24 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992), sus modificatorios y complementarios, el siguiente:
"ARTICULO 24.- Compete al MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO, asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional en materia de vivienda, apuntando al fortalecimiento de la promoción, construcción y desarrollo de la 'vivienda social' como política de Estado destinada a los sectores más vulnerables de la sociedad , y en particular:
A.I) RESPONSABILIDAD PRIMARIA.-
Asistir a al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete en la formulación de la Política Nacional de Vivienda, como así también en la elaboración, realización y financiación de los Programas habitacionales del Sector Público Nacional o Provincial destinados a los sectores de recursos insuficientes con o sin capacidad de ahorro.
A.II)ACCIONES.-
1.- Dirigir la ejecución de los estudios socioeconómicos, financieros y tecnológicos a efectos de la elaboración de los planes habitacionales pertinentes.
2.- Dirigir la evaluación y determinación de prioridades en relación con el déficit, la disponibilidad de recursos y la política de desarrollo nacional y local.
3.- Establecer las normas y procedimientos para la adecuada instrumentación de los planes habitacionales formulados.
4.- Promover las acciones conducentes a incrementar los niveles de calidad y productividad del sector, en particular aquellas que impliquen el desarrollo de nuevas tecnologías y la industrialización de la construcción.
5.- Promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda a través de la participación activa en la creación, coordinación e implementación de fondos fiduciarios u otras fuentes de financiamiento a nivel e internacional.-
6.- Dirigir la elaboración y aplicación de programas habitacionales orientados a los sectores de recursos insuficientes con alguna capacidad de ahorro.
7.- Establecer los criterios para la evaluación del cumplimiento de objetivos y metas, planificando y ejerciendo las acciones de contralor y auditoría en el uso de recursos del FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA y de otros de carácter nacional o internacional.
8.- Dirigir las acciones tendientes a brindar cooperación y asistencia técnica a organismos públicos y privados, promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos del sector y difundir los trabajos elaborados en la materia de su competencia.
B) SECRETARIA NACIONAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL, DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA.
B.I) RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en la formulación de la Política Nacional de Desarrollo Urbano y planificar las acciones conducentes a la organización territorial y al desarrollo urbano. Definir los aspectos normativos de la política de uso de suelo, de ordenamiento territorial, de ejes directrices para el desarrollo sustentable de las ciudades según su dimensión y población, acorde con su escala y con su inserción en el espacio productivo -economías regionales - de la jurisdicción a la que pertenezca.
B.II)ACCIONES
1.- Establecer las normas y procedimientos para la adecuada instrumentación de las políticas de desarrollo urbano formuladas.
2.- Coordinar y compatibilizar con los organismos responsables, las políticas que incidan en el desarrollo urbano y en la organización territorial y promover la ejecución de las acciones destinadas al ordenamiento de los asentamientos humanos, concurrentes al desarrollo social de sus habitantes.
3.- Coordinar la ejecución de las políticas nacionales dirigidas al desarrollo urbano y al ordenamiento territorial y supervisar su ejecución.
4.- Promover la inversión de recursos en el campo del desarrollo urbano.
5.- Dirigir la elaboración de la normativa para el desarrollo de los programas de urbanización, de provisión de tierra, infraestructura, equipamiento, completamiento o mejoramiento para el desarrollo adecuado de los asentamientos humanos.
6.- Dirigir las acciones tendientes a brindar cooperación y asistencia técnica a organismos públicos y privados y promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos del sector.
C)) DIRECCION NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL
C.I) RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al señor Secretario de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda, en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de programas de infraestructura social destinados al mejoramiento del hábitat de la población con necesidades básicas insatisfechas y de asistencia a la población damnificada por emergencias climáticas y naturales.
C.II)ACCIONES
1.- Planificar, ejecutar y evaluar las acciones y programas de infraestructura social destinados al mejoramiento del hábitat de la población con necesidades básicas insatisfechas y de asistencia a la población damnificada por emergencias climáticas y naturales.
2.- Coordinar acciones con los organismos provinciales y locales, la aplicación de programas de infraestructura social.
3.- Elaborar un modelo de gestión que permita potenciar los recursos sociales y las formas de organización de la comunidad en la implementación de programas de construcción y mejoramiento de la infraestructura social.-
4.- Planificar, ejecutar y evaluar los programas y acciones desarrolladas en el marco de los procesos de fortalecimiento de las capacidades barriales y locales periurbanas o rurales para el mejoramiento del hábitat.
5.- Dirigir las acciones tendientes a brindar cooperación y asistencia técnica a organismos públicos y privados en los temas de su competencia y promover la capacitación y el perfeccionamiento de profesionales y técnicos del sector.
6.- Planificar, ejecutar y evaluar los programas y acciones que permitan el arraigo habitacional vinculado a la producción regional de minifundios en comunidades con alto grado de riesgo en su hábitat y proclives a la migración interna hacia las urbes.
D) DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS Y PROGRAMAS HABITACIONALES.-
D.I) RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir al señor Secretario de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda en la coordinación de las políticas y programas sociales que se desarrollen en todo el territorio nacional por el nivel nacional, a fin de garantizar la complementariedad con otros programas provinciales, locales y los financiados con organismos internacionales
Asistir al señor Secretario de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Vivienda en la elaboración, ejecución y financiamiento de programas para la emergencia habitacional para atender los requerimientos de las áreas y poblaciones en situación de vulnerabilidad y riesgo habitacional.
D.II)ACCIONES 1.- Canalizar las solicitudes de asistencia por parte de las jurisdicciones provinciales y locales en materia habitacional, evaluando y proponiendo las respuestas más ajustadas a la realidad socio - habitacional de las jurisdicciones demandantes.
2.- Coordinar las acciones de los programas habitacionales nacionales de vivienda, infraestructura y equipamiento social en particular aquellos financiados con los recursos internacionales a fin de lograr acciones más eficientes para la resolución de los problemas habitacionales.-
3.- Coordinar con las jurisdicciones provinciales y locales la aplicación de políticas y programas de vivienda, infraestructura y equipamiento social.
4.- Dirigir la ejecución de programas destinados a la atención de los requerimientos habitacionales de las áreas y poblaciones en situación de emergencia habitacional.
5.- Coordinar con las jurisdicciones provinciales y locales la aplicación de programas de emergencia habitacional.-
6.- Coordinar las acciones referentes a las vinculaciones institucionales y funcionales con las entidades públicas y privadas del sector, tendiendo a la conformación de espacios de participación y consulta intersectorial.
Art. 3º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es imprescindible e impostergable la Creación de un Ministerio de "Vivienda, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano", para procurar el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del país, constituyendo un organismo generador de políticas públicas democráticas, transparentes y participativas en el ámbito del hábitat urbano y rural que contribuyan al desarrollo económico y social sostenible en lo ambiental y equilibrado territorialmente.
Su creación está basada en la necesidad de generar políticas de Estado para la resolución integral de los problemas de habitabilidad en el territorio nacional, garantizando el acceso a la vivienda , a saber:
- vivienda para los diversos niveles sociales de la población, con especial atención de las necesidades insatisfechas en la materia de los sectores más vulnerables de nuestra población, y por ende, en la promoción y construcción de 'viviendas sociales';
- acceso a la tierra construida;
- infraestructura básica de soporte ambiental (agua potable, cloacas, electricidad y servicios);
- producción social del hábitat y participación;
- Identificación e implementación de diversos métodos de financiamiento para el acceso a la vivienda: a) créditos para planes habitacionales; b) créditos blandos individuales; c) cooperativas de vivienda; d) subsidios para construcciones nuevas y/o ampliaciones de viviendas existentes, y otros
Todas estas dimensiones deberían actuar como ejes articuladores con altos niveles de integración, cohesión social y territorial. Asimismo deberían aportar un proyecto nacional de crecimiento sustentable socioeconómico favoreciendo la distribución progresiva del ingreso y las necesidades de un hábitat humano de calidad ambiental, solidaria y participativa, con especial énfasis en la 'vivienda social' destinada a los sectores más vulnerables de nuestra población.
La elaboración de un Plan operativo de vivienda y ordenamiento territorial debería relacionarse directamente con el Plan Estratégico Bicentenario 2010-2016 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios presentado en el año 2010 por el gobierno nacional, a través de las iniciativas claves que presenta para planificar el desarrollo regional y global del modelo deseado de territorio nacional. También asumiendo que: "... un número significativo de ciudades muestra el tipo de mutación que tiene lugar en la mayoría de los procesos urbanizadores contemporáneos, donde la ciudad central se expande como una mancha sin solución de continuidad con ciudades vecinas y la interfase urbano- rural es objeto de presiones múltiples..." (Caso gran Buenos Aires, Gran Rosario en expansión y otras ciudades del país).
Al mismo tiempo, se deberían desarrollar relaciones e intercambios con las diversas áreas de gobierno involucradas en las temáticas básicas (Desarrollo social, tierras, servicios de infraestructura, financiamiento, municipios, provincias, etc.) para la mejor toma de decisiones y de gestión por parte del ente ejecutor que asuma esta responsabilidad. .
Promover al rango de MINISTERIO al órgano estadual que se ocupa de las políticas de vivienda y de ordenamiento territorial, resulta coherente con el modelo impulsado en nuestro país desde el año 2003, cuando asumiera la Presidencia de la Nación el DR. NESTOR KIRCHNER, y cuya continuidad y profundización se halla ahora en manos nuestra actual Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, en tanto dicho modelo de crecimiento con inclusión social y redistribución equitativa de la riqueza traduce la voluntad gubernamental , que este Congreso debe acompañar, de respetar y garantizar los derechos humanos en su integralidad, que en este caso abarcan a los llamados ddhh de segunda generación, más conocidos como DESC (Derechos Económicos Sociales y Culturales), y que incluyen obviamente la promoción estadual de la planificación en materia de viviendas, en especial, teniendo en cuenta a los sectores más vulnerables, a los que los 'planes de vivienda social' deberán dar progresiva satisfacción del derecho enunciado, pero hasta ahora insuficientemente garantizado, en nuestra Constitución Nacional.
Esta inquietud, expresada en el presente proyecto de ley, se compadece con las iniciativas y legislaciones comparadas que a título ilustrativo se mencionan en el anexo que se acompaña al mismo, seguidamente a los fundamentos.
Por las razones expuestas solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto
Proyecto

ANEXO

ANEXO DE REFERENCIA - LEGISLACION COMPARADA
PAÍSES DE AMERICA LATINA QUE ELEVARON A RANGO MINISTERIAL EL TEMA DE LA VIVIENDA
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (URUGUAY)
http://www.mvotma.gub.uy/
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL (PANAMA)
http://www.mivi.gob.pa/
MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL (COLOMBIA)
http://www.minambiente.gov.co/
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO (PERU)
http://www.vivienda.gob.pe/
MINISTERIO DE CIUDADES (BRASIL)
http://www.cidades.gov.br/ministerio-das- cidades/TR%20Planejamento%20Estrategico.pdf
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA (BOLIVIA) http://www.oopp.gob.bo/
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO (CHILE)
http://www.minvu.cl/
PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA
MINISTERIO DE VIVIENDA (ESPAÑA) http://www.mviv.es/es/.
Ministère de l'Equipament, des Transports, de l'Aménagement du territoire, du Tourisme et de la Mer (FRANCIA) Es el Ministerio encargado de desarrollar la política de vivienda francesa.
Ministero delle Infrastutture e dei Trasporti : (ITALIA) Página web del Ministerio encargado de la política de vivienda del gobierno italiano.
Bundesministerium für Verkehr, Bau-und Wohnungswesen: Es el Ministerio encargado de Vivienda en Alemania. Dispone de toda la información sobre la política en esta materia en el país germano. (ALEMANIA)
Office of the Deputy Prime Minister. Housing: Es la equivalencia la Ministerio de Vivienda español. Aquí se encontrará toda la información relativa a la política de vivienda de este país. (REINO UNIDO)
The Department of Environment, Heritage and Local Government: Es la entidad estatal encargada de dirigir la política de vivienda de este país. (IRLANDA)
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GULLO, JUAN CARLOS DANTE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DI TULLIO, JULIANA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CALCHAQUI, MARIEL TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) 13/04/2011
Diputados SOLICITUD DE RETIRO DE FIRMA DE LA DIPUTADA GRANADOS (A SUS ANTECEDENTES) 13/04/2011