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PROYECTO DE TP


Expediente 0217-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EL AMOJONAMIENTO DE LOS LIMITES ENTRE LAS PROVINCIAS DE SALTA Y CATAMARCA.
Fecha: 05/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de los organismos que corresponda, disponga en forma urgente, que el Instituto Geográfico Militar, realice el amojonamiento de los límites entre las Provincias de Salta y Catamarca.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante ley nacional Nº 3.906 del 9 de enero de 1900 el territorio incorporado a la República Argentina, en virtud de la delimitación hecha el 24 de marzo de 1899 por la Comisión Internacional interviniente en la delimitación con la hermana República de Bolivia, pasó a denominarse "Territorio de Los Andes" y quedó bajo la autoridad exclusiva del Gobierno Federal.
El 19 de mayo de 1904 el Presidente de la República decreta que los límites de los territorios nacionales son los que les fijan las leyes del 16 de octubre de 1884 y del 9 de enero de 1900. Este decreto de división administrativa de los Territorios Nacionales especifica: "Que el crecimiento de la población de los Territorios Nacionales hace necesaria su mejor subdivisión para atender a los diversos servicios administrativos que ellos reclaman, en particular a lo relativo a policía, justicia y régimen municipal".
El decreto 9.375 del 21 de septiembre de 1943 deroga la ley 3.906 sobre la creación del Territorio de Los Andes, dividiéndolo en tres fracciones y anexándolas a las provincias de Jujuy, Salta y Catamarca. Intención ya anunciada por el Presidente de la Nación en su mensaje del 25 de noviembre de 1899.
Por decreto Nº 411 Bis, del 13 de Octubre de 1943 se designa al Sr. Oficial Mayor del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, a cargo de la Subsecretaría, Esteban García Susini para que en nombre y representación de la provincia de Catamarca tome posesión de la parte del Territorio de Los Andes, que de acuerdo a lo dispuesto por el decreto 9.375/43 del Superior Gobierno de la Nación, deberá anexarse a esta provincia.
Esta circunstancia se produce por cuanto no existía una ruta directa desde está capital y para llegar al lugar se lo hacia por Tucumán y Salta. El prolongado tiempo de viaje hacia imposible el traslado del Comisionado Nacional y sus ministros por las múltiples ocupaciones y exigencias inherentes a sus cargos que eran requeridas en esta capital.
Esteban García Susini, a cargo de la Intervención Federal, declara anexado el departamento Antofagasta de la Sierra a la provincia de Catamarca, mediante decreto Nº 107 del 26 de enero de 1944.
El 3 de junio de 1944 mediante decreto Nº 618 de la Intervención Federal, establece el nombre de Antofagasta de la Sierra a la fracción del ex Territorio Nacional de Los Andes, anexada a la provincia de Catamarca.
En el año 1949 el Poder Ejecutivo de la Provincia es autorizado por Ley Nº 1.490/49, a disponer de las tierras comprendidas en jurisdicción de Antofagasta de la Sierra a los fines de transferir a los pobladores, a título gratuitos u onerosos, terrenos que serán destinados a: instalación de viviendas propias; criadero de chinchillas; reproducción domestica de la vicuña; y una estación de reproductores de ganado ovino.
El 24 de diciembre de 1969, la Presidencia de la Nación, mediante decreto ley Nº 18.500 deja claramente establecido el límite entre las provincias de Catamarca y Salta.
El 5 de noviembre de 1980 el Poder Ejecutivo Provincial mediante decreto Nº 1.846 dispone la matriculación de la sección folio real del Registro de la Propiedad y el registro catastral del territorio del departamento Antofagasta de la Sierra.
En 1985 la Convención Constituyente que modifico la Constitución de la Provincia introdujo el artículo 293, que establece: "La Provincia de Catamarca ejerce su potestad jurisdiccional sobre la totalidad del territorio que le pertenece por sus títulos históricos, la Constitución Nacional y las normas de provincialización del Territorio Nacional de Los Andes.
Como resultado de diferendos limítrofes planteados, la Corte Suprema de Justicia tuvo que intervenir en dos diferendos: Uno en 1985 por las posesiones de Diablillos y el otro en 1987 por el Salar del Hombre Muerto. En ambos casos, el máximo tribunal falló en favor de la competencia de Salta en vista de los antecedentes de posesión efectiva en la zona.
En la actualidad, el conflicto limítrofe entre las provincias de Catamarca y Salta volvió a reeditarse ante una resolución del juez de Minas salteño, Daniel Marchetti, que concesionó la mina Cerro Bayo a la empresa minera Silver Standard.
La misma mina fue cedida por el juez Electoral y de Minas de Catamarca, Raúl Guillermo Cerda, a la empresa Minera Aguas Blancas S.A. Desde Catamarca se advierte que la mina Cerro Bayo está dentro del territorio de Salar del Hombre Muerto, inserto en el departamento Antofagasta de la Sierra, por lo que Salta no tendría facultades para emitir concesiones en la zona.
La postura de Salta, es que la definitiva divisoria entre ambas provincias debe ser rectificada en una línea ubicada 9 (nueve) kilómetros más al Sur de la línea que actualmente se encuentra representada en la cartografía.
En el año 1985 el diferendo limítrofe estuvo cerca de concluir en un enfrentamiento armado entre policías catamarqueños y salteños. El entendimiento llegó por la vía judicial y cada cual retomó a sus lugares de origen sin la incursión de las armas.
En pleno siglo XXI la disputa limítrofe, que se remonta al siglo XIX, continúa sin resolución, pese a los avances tecnológicos en materia de cartografía y de posicionamiento satelital. Medios con los que actualmente cuenta el Gobierno de la Nación y que empleados en forma inmediata, contribuirán a resolver rápidamente el problema, evitándose disputas entre Provincias hermanas.
Por otra parte, el desarrollo de las actividades mineras se encuentra en pleno auge, constituyéndose en el sector productivo que más ha crecido en los últimos años. Resulta obvio señalar que la indefinición frente a este tipo de situaciones planteadas solo puede resultar perjudicial para el crecimiento económico de estas regiones tan postergadas de nuestro país.
Por tal motivo, se solicita al Poder Ejecutivo Nacional que determine a través del Instituto Geográfico Militar la urgente delimitación territorial, entre las regiones nordeste de la provincia de Catamarca y sudoeste de la Provincia de Salta.
Por todo lo expuesto, solicito la urgente sanción del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COLLANTES, GENARO AURELIO CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
09/04/2008 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 12/03/2008