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PROYECTO DE TP


Expediente 0123-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26588, DE ATENCION MEDICA, INVESTIGACION CLINICA Y EPIDEMIOLOGICA, CAPACITACION PROFESIONAL EN LA DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional disponga la pronta Reglamentación de la Ley 26.588 sobre "Atención médica, investigación clínica y epidemiológica, capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la Enfermedad Celíaca".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el fin de lograr la atención médica, investigación clínica y epidemiológica, capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la Enfermedad Celíaca, se sanciona la Ley 26.588, en fecha 02 de diciembre de 2009.
Consecuentemente, se declara de interés nacional la atención de la enfermedad celíaca y el acceso a los alimentos libres de gluten. Se dispone que las obras sociales enmarcadas en las Leyes 23.660-Régimen de obras sociales- y 23.661-s/Sistema Nacional de Seguros de Salud-, del Poder Judicial de la Nación, Dirección de Ayuda para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brindan servicios médicos asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, deben brindar cobertura asistencial a las personas celíacas, comprendiendo la detección, diagnóstico, seguimiento y tratamiento, suministros de harinas y premezclas libres de gluten cuya cobertura determinaran la autoridad de aplicación.
Asimismo dispone, para aquellas personas que padecen celiaquía y que no se encuentren comprendidas en ninguna obra social de las enumeradas precedentemente, que el Ministerio de Desarrollo Social deberá promover acuerdos con las autoridades jurisdiccionales, para
la provisión de las harinas y premezclas libres de gluten.
Se plasmó en la letra de la Ley, la necesidad de brindar asistencia para la salud de una vasta franja poblacional que hasta ahora estaba desprotegida. Sin embargo, de no lograrse una urgente reglamentación por parte del Ejecutivo Nacional, la misma quedara en solo letra y no cumplirá los fines para los que se dicto.
El Estado entonces no dará cumplimiento a un eficiente e integral servicio de salud, imposibilitando que las personas que la padecen puedan recibir la asistencia adecuada, y menos aún que mejoren su tratamiento. Por lo que, queda demostrada la necesidad de que a través de este proyecto se impulse su reglamentación.
Por los motivos expuestos, solicito a mis pares me acompañen en el presente Proyecto de Declaración, para lograr una pronta reglamentación de la Ley 26.588 ante la necesidad de defender los intereses de la salud de la comunidad a la que representamos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
26/04/2011 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
26/04/2011 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2097/2011 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 9/2011 05/05/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 18/05/2011 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 30/11/2011
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 30/11/2011
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 30/11/2011