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PROYECTO DE TP


Expediente 0031-D-2009
Sumario: CONVENIO MARCO DE LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD PARA EL CONTROL DEL TABACO, ADOPTADO EN LA 56 ASAMBLEA MUNDIAL DE LA SALUD, GINEBRA, SUIZA, EL 21/5/2003. APROBACION.
Fecha: 02/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco, adoptado por la 56a Asamblea Mundial de la Salud, en Ginebra (Confederación Suiza), el 21 de mayo de 2003.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT OMS) es el primer tratado negociado bajo los auspicios de la Organización Mundial de la Salud. El CMCT OMS es un tratado basado en pruebas científicas que reafirma el derecho de todas las personas a gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr. El CMCT OMS representa un cambio ejemplar en el desarrollo de una estrategia normativa para abordar las cuestiones relativas a las sustancias adictivas; a diferencia de anteriores tratados sobre fiscalización de drogas, el CMCT OMS afirma la importancia de las estrategias de reducción de la demanda, así como de ciertas cuestiones relativas al suministro.
El CMCT OMS se elaboró en respuesta a la globalización de la epidemia de tabaquismo. La propagación de esa epidemia se ve favorecida por diversos factores complejos con efectos transfronterizos, entre ellos la liberalización del comercio y las inversiones extranjeras directas. Otros factores tales como la comercialización a nivel mundial, la publicidad transnacional del tabaco, la promoción y el patrocinio, así como el tráfico internacional de cigarrillos de contrabando y falsificados también han contribuido al espectacular aumento del tabaquismo.
Desde el primer párrafo del preámbulo, que declara que las Partes en ese Convenio "están determinadas a dar prioridad a su derecho de proteger la salud pública", el CMCT OMS marca una tendencia mundial.
Las principales disposiciones del CMCT OMS relativas a la reducción de la demanda figuran en los artículos 6 a 14:
• medidas relacionadas con los precios e impuestos para reducir la demanda de tabaco, y
• medidas no relacionadas con los precios para reducir la demanda de tabaco, a saber:
protección contra la exposición al humo de tabaco;
reglamentación del contenido de los productos de tabaco;
reglamentación de la divulgación de información sobre los productos de tabaco;
empaquetado y etiquetado de los productos de tabaco;
educación, comunicación, formación y concientización del público;
publicidad, promoción y patrocinio del tabaco; y
medidas de reducción de la demanda relativas a la dependencia y al abandono del
tabaco.
Las principales disposiciones del CMCT OMS relativas a la reducción de la oferta figuran
en los artículos 15 a 17:
• comercio ilícito de productos de tabaco;
• ventas a menores y por menores; y
• apoyo a actividades alternativas económicamente viables.
Otra característica novedosa del Convenio es la inclusión de una disposición relativa a la responsabilidad. Además, en los artículos 20 a 22 se establecen mecanismos de cooperación
científica y técnica y de intercambio de información.
El CMCT OMS se abrió a la firma del 16 al 22 de junio de 2003 en Ginebra, y posteriormente, del 30 de junio de 2003 al 29 de junio de 2004, en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, el Depositario del tratado. El Convenio, que, actualmente está cerrado a la firma, cuenta con 168 signatarios, entre ellos la Comunidad Europea, lo que lo convierte en el tratado más respaldado de toda la historia de las Naciones Unidas. Los Estados Miembros que han firmado el Convenio han dado a entender así que se esforzarán de buena fe por ratificarlo, aceptarlo o aprobarlo, demostrando su voluntad política de no debilitar los objetivos en él establecidos. Los países que deseen ser Parte del Convenio y no lo hubieran firmado al 29 de junio de 2004 podrán hacerlo mediante la adhesión, proceso de un solo paso equivalente a la ratificación.
El Convenio entró en vigor el 27 de febrero de 2005, 90 días después de haber sido objeto de adhesión, ratificación, aceptación o aprobación por parte de 40 Estados. A partir de la citada fecha, lo dispuesto en el tratado tiene carácter vinculante para las cuarenta Partes Contratantes. Respecto de cada Estado que ratifique, acepte o apruebe el Convenio o que se
adhiera a él una vez satisfechas las condiciones relativas a la entrada en vigor establecidas en el párrafo 1 del artículo 36, el Convenio entrará en vigor al nonagésimo día después de la fecha de depósito de su instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. Respecto de las organizaciones de integración económica regional, el Convenio entra en vigor al nonagésimo día contado desde la fecha en que la organización haya depositado su instrumento de confirmación oficial o de adhesión.
Fue ratificado por casi todos los 168 países firmantes, incluyendo la Unión Europea, los principales productores de tabaco como China, Brasil, India, Turquía, casi todos los países de Latinoamérica, y todos los de MERCOSUR excepto Argentina. A Enero del 2009 lo habían ratificado 162 países.
La República Argentina firmó el CMCT el 25 de Septiembre de 2003. Sin embargo, es uno de los pocos países del mundo que todavía no ratificó el convenio (1) .
II. El tabaquismo en la República Argentina
En el país, el tabaquismo afecta a casi 9 millones de personas; unas 40.000 mueren cada año por esta causa, y 6.000 de ellas son fumadores pasivos. Esta epidemia representa una tragedia para nuestra sociedad, que gasta 7.000 millones de pesos en atender las enfermedades (2) .
El consumo de tabaco "se da especialmente entre las mujeres jóvenes, con un inicio promedio de entre 12 y 13 años", según indicó un informe realizado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Además "casi el 70 % de los niños argentinos está expuesto al humo del tabaco en su hogar" (3) .
III. Consideraciones finales
Por todo lo antedicho, estamos convencidos que la República Argentina debe mostrar su inequívoca vocación por la salud de su pueblo, ratificando en el Congreso Nacional el compromiso asumido en el ámbito internacional. Con ello estaremos ganando otra batalla en la defensa de los derechos humanos de todos los habitantes de esta tierra.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
05/08/2009 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0093-D-11