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PROYECTO DE TP


Expediente 0028-D-2013
Sumario: DESCUENTOS PARA DEPORTISTAS DE REPRESENTACION NACIONAL EN PASAJES DE TRANSPORTE AUTOMOTOR INTERURBANO: IMPLEMENTACION.
Fecha: 04/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DESCUENTOS PARA DEPORTISTAS DE REPRESENTACIÓN NACIONAL EN PASAJES DE TRANSPORTE AUTOMOTOR INTERURBANO
ARTÍCULO 1.- A efectos de esta ley, se entiende por deportista de representación nacional a todo atleta que participa de una actividad deportiva organizada, correspondiente al campo del deporte federado y de seleccionados nacionales -masculinos y femeninos- de deportes individuales y de conjunto, en competiciones nacionales, sudamericanas, panamericanas, mundiales, olímpicas y paralímpicas.
ARTÍCULO 2.- Los deportistas de representación nacional podrán acceder a un descuento del 20% en las tarifas correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción nacional, cuando viajaran para competir en competencias dentro del ámbito nacional, o en países limítrofes, avaladas por la federación deportiva que integren.
ARTÍCULO 3.- A efectos de poder acceder al descuento, los deportistas de representación nacional deberán presentar certificado donde conste su participación en la competición - ya sea de forma individual o como parte de una delegación - expedido por la federación deportiva que integren, ante la compañía de transporte que hubieren seleccionado.
ARTÍCULO 4.- La compañía de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción nacional que negara el otorgamiento del descuento, habiendo recibido de parte del deportista o delegación el certificado correctamente expedido por la federación, será sancionada con multa equivalente al valor del pasaje, o los pasajes, solicitados.
ARTÍCULO 5.- La autoridad de aplicación de la presente ley será la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, la cual tendrá a su cargo la fiscalización de la aplicación adecuada de la ley, la receptación de denuncias ante omisiones a su cumplimiento, y el cobro de multas a las compañías de transporte que infringieren la ley.
ARTÍCULO 6.- Los fondos recaudados en concepto de multas serán destinados a fomentar el deporte federado y de representación nacional.
ARTÍCULO 7.- La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8.- Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente ley.
ARTÍCULO 9.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La actividad física y el deporte resultan trascendentales para la vida social de cualquier comunidad, así como para cada individuo que emprenda su práctica.
De acuerdo a lo expresado en el "Plan Nacional de Deporte 2008-2012", elaborado por la Secretaría de Deporte de la Nación, "cuando la actividad física y el deporte se realizan adecuadamente desde la perspectiva de la educación permanente, se contribuye [entre otras cuestiones] con:
El pleno y equilibrado desarrollo de la potencialidad humana.
El logro y preservación de la salud.
La disminución de los factores de riesgo.
La construcción de un sistema inmunológico evolutivo más fuerte y resistente.
La formación permanente de competencias para enfrentar la diversidad de situaciones de la vida.
La recreación y la adecuada utilización del tiempo libre.
El control del peso y la disminución del peligro de la obesidad y las amenazas que ésta genera en la salud de las personas.
Reducir el riesgo de muerte prematura por enfermedad cardíaca, accidente cerebro vascular, hipertensión, cáncer de colon y diabetes de tipo II.
Desarrollar y mantener huesos, músculos y articulaciones sanos y mejorar la resistencia de las personas que sufren enfermedades crónicas o discapacidades.
Prevenir o controlar, especialmente entre los niños y los jóvenes, los comportamientos de riesgo como el consumo de tabaco, alcohol u otras sustancias y los regímenes alimenticios poco saludables.
La salud mental y social.
El desarrollo y equilibrio socio- afectivo.
La formación de redes sociales y trabajo en equipo.
Mejorar la capacidad de integración social y de incorporación a tareas propias de la adolescencia.
Mejorar la imagen personal y la autoestima.
Prevenir y reducir la delincuencia y la formación de grupos agresivos.
Fortalecer el autodominio, las relaciones interpersonales y el sentido de la responsabilidad.
La reducción y protección de la depresión y la ansiedad."
Son claros los beneficios que toda actividad física y deportiva reportan a cualquier sociedad, pero aún así es un hecho que asistimos a una época en la que su práctica se encuentra en franca disminución, producto en parte de la gran explosión de adelantos tecnológicos, que "han producido un verdadero cambio en el estilo de vida de toda la población, particularmente por haberse reemplazado la energía corporal por energía mecánica." (1) "Nos encontramos entonces frente "a una sociedad cada vez más sedentaria, súper tecnificada y estresante, con serios problemas ambientales y ecológicos que amenazan seriamente el bienestar general y la salud de toda la población." (2)
Es por ello que se vuelve imperioso desarrollar políticas que tiendan hacia la inclusión plena en las actividades deportivas, tanto a nivel social como federativo, de modo de lograr una participación creciente en ellas, especialmente en lo relativo a los niños y jóvenes.
En esa línea es que propongo un esquema de descuentos en pasajes correspondientes a las líneas de servicios interurbanos de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción nacional, cuyos beneficiarios sean deportistas federados que participen en competencias nacionales o que se diputen en países limítrofes.
Usualmente la cuestión del transporte para deportistas individuales, o delegaciones deportivas federadas, representa un problema para nada menor, por cuanto deben efectuar grandes gastos - que no siempre se encuentran en condiciones de realizar -, al momento de trasladarse a competir en otras provincias, y más aún en países limítrofes.
De más está señalar que los logros obtenidos por ellos, que con tanto esfuerzo y dedicación se vuelcan a actividades sanas y formativas, representan un logro para el país todo, en tanto constituyen sólidas expresiones de una cultura altiva, así como de una calidad de vida superior, y un desarrollado capital humano.
Vale mencionar que la presente iniciativa registra importantes antecedentes en lo normado por las resoluciones M.O.y.S.P 103/72, y 203/89, las cuales dispusieron descuentos de un 20% sobre el valor de las tarifas de servicios de larga distancia, para estudiantes secundarios, universitarios y personal docente.
Dichas resoluciones basaron su enfoque en fundamentos similares a los de la presente, en tanto entendían que la educación en todas sus formas debe ser incentivada desde el Estado, a través de múltiples estrategias, en orden a lograr mayores niveles de desarrollo poblacional.
Comprendiendo que el deporte es una forma de educar en el juego a través de los valores del respeto, la sana competencia y el trabajo cooperativo, y teniendo en cuenta que la Secretaría de Deporte de la Nación considera la alta competencia como un aporte educativo a los atletas y un estímulo de superación para el resto de la población, entendiendo los logros deportivos como una instancia que promueve al deporte y la actividad física, garantes de una mejor calidad de vida, es que este proyecto puede resultar un significativo aporte al desarrollo del deporte federado y de representación nacional.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GUZMAN, OLGA ELIZABETH NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
DEPORTES
PRESUPUESTO Y HACIENDA