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PROYECTO DE TP


Expediente 0019-D-2011
Sumario: BEBIDAS ENERGIZANTES: INCLUSION EN LAS DISPOSICIONES DE ESPECIALIDADES MEDICINALES O PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE LA ANMAT; EXIGENCIA DE VENTA BAJO RECETA MEDICA.
Fecha: 01/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Inclusión de las "bebidas energizantes" en las Disposiciones de Especialidades Medicinales o Productos Farmacéuticos del ANMAT. Exigencia de Venta Bajo Receta. Prohibición de Publicidad de Oferta.
Art. 1: Incluyese en las disposiciones de especialidades medicinales ó productos farmacéuticos del ANMAT, las bebidas energizantes que contengan en su fórmula:
Taurina, cafeína, glucoronolactona, sustancias nitrogenadas (carnitina y aminoácidos), ácido fósfórico, inositol, vitaminas y minerales entre otros; por ser aptas para provocar las graves complicaciones en la salud.
Art. 2: Deberá figurar en los envases de estas bebidas, al igual que en los lugares de expendio, la siguiente leyenda con caracteres legibles: "Su consumo puede ser perjudicial para la salud. Consulte a su médico".
Art. 3: Establécese la "venta bajo receta médica" de los productos farmacéuticos mencionados en el Art. 1.
Art.4: Prohíbase en todo el territorio de la Nación, la publicidad y oferta de las "bebidas energizantes" mencionadas en el art.1. Sólo podrán expenderse en farmacias.
Art. 5: Será clausurado en forma definitiva el comercio que violare lo preceptuado en el Art.4.
Art. 6: El incumplimiento de las disposiciones de la presente Ley será pasible de multas de hasta $50.000.-
Artículo 7: Invitase al Poder Ejecutivo de la Nación y a los Gobiernos provinciales y municipales a:
a) Realizar campañas de concientización y prevención, sobre los peligros y graves consecuencias para la salud de la ingesta de estas bebidas, como también de sus efectos adictivos.
b) Implementar la difusión de los contenidos de la presente Ley, dando prioridad a los ámbitos educativos, deportivos y laborales de todo nivel.-
Artículo 8: De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa tiene por antecedente un proyecto idéntico presentado por el Diputado mandato cumplido por Neuquén, Hugo Acuña (Expte. N° 350-D-09).
Este proyecto se fundamenta en la preocupación que nos produce los perjuicios para la salud que produce el consumo de las bebidas refrigerantes, por las sustancias que contiene.
Es necesario que este tipo de productos sea prescripto médicamente, a fin de evitar males mayores, en la salud de la población, y aún más en los jóvenes.
La venta sin regulación de estas bebidas es un problema de Salud Pública; teniendo en cuenta que mezcladas con alcohol, como los jóvenes suelen consumirlas en exceso, produce un menor funcionamiento del corazón, llegando a provocar la muerte.
Lo que preocupa particularmente es la mezcla de bebidas energizantes y alcohol, la moda del momento. En las discotecas pedir unos tragos significa agregarles a las bebidas energizantes igual cantidad de vodka, champagne, licor, cointreau, ó pisco, respectivamente.
Desde la secretaria de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar), que depende de la Presidencia de la Nación, su titular, el doctor José Ramón Granero dijo a LA NACIÓN: "Mezclar bebidas energizantes con alcohol es lo mismo que conducir un auto a 120 km/h con el freno de mano puesto. Una bebida te deprime mientras otra te excita".
A los hospitales llegan cada vez más jóvenes con infartos, taquicardias, hipertensión arterial, arritmias y alteraciones cardíacas propias de personas mayores, provocados por un factor nuevo: el abuso en el consumo de bebidas energizantes mezcladas con alcohol. El alerta lo dio en el 2005 el Hospital Italiano, donde se practicó en esa oportunidad, una angioplastia de urgencia para salvarle la vida a un joven de 25 años que había ingerido esas bebidas combinadas.
La preocupación por esa tendencia entre los jóvenes había quedado en evidencia en 2004, cuando legisladores nacionales presentaron proyectos tendientes a prohibir la venta de bebidas energizantes a menores de edad. Y alcanzó un punto clave el 29 del mes pasado, cuando se publicó en el Boletín Oficial la disposición 3634/2005 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), por la que se obliga a las empresas productoras a reducir la cantidad de cafeína en ese producto: de 35 a 20 miligramos por cada 100 mililitros. Exige, además, que en las latas se inscriba en letras de un tamaño superior a 5 por ciento de la altura del envase la siguiente leyenda: "El consumo con alcohol es nocivo para la salud".
En aquellos momentos hubo declaraciones de distintos profesionales debido a la preocupación que seto provoca.
Daniel Berrocal, subjefe del Servicio de Hemodinamia del Hospital Italiano, dijo a LA NACION en su momento (2005), que se están registrando problemas cardíacos por el consumo de alcohol con bebidas energizantes desde hace tres o cuatro años. En lo que va de 2005 ya recibieron a tres personas, de entre 25 y 40 años, que llegaron con infartos agudos, sin tener una enfermedad coronaria previa. "El infarto es mucho peor en una persona joven, en la que las coronarias se tapan de manera abrupta", dijo el especialista y alertó que esos pacientes hasta pueden padecer una insuficiencia cardíaca de por vida.
"Lo que ocurre es que toman con alcohol tres o cuatro latas de estas bebidas en una noche y, semejante carga de cafeína - equivalente hasta 20 tazas de café exprés-, inositol y los otros productos -equivalente hasta 20 tazas de café exprés- aumenta la frecuencia cardíaca, somete a un mayor roce la cobertura interna de las arterias y produce una irritación que puede generar un coágulo que tape la arteria y produzca el infarto", explicó.
A estos casos hay que sumarles los de los chicos que tienen patologías cardíacas y no lo saben, para los que el exceso en el consumo de estas bebidas es mucho más peligroso, advierte Mónica Nápoli, directora del Centro de Adicciones Enrique Biedak. "Se ven problemas cardiológicos que no se condicen con la edad. Atendemos intoxicaciones graves por alcohol y por cafeína", sostuvo.
Al igual que la mayoría de los especialistas, Nápoli, médica toxicóloga, consideró que, aunque se las llame "energizantes", no lo son. "Son desfatigantes o estimulantes. Estas bebidas quitan la sensación de fatiga. No es que el que las toma no se cansa, sino que no siente el cansancio. De esta forma, esta enorme cantidad de cafeína les permite tomar en cantidad hasta llegar a la ebriedad, o incluso el coma alcohólico, porque retrasa los efectos del alcohol".
Por ej: "LA BEBIDA RED BULL PROHIBIDA EN FRANCIA Y DINAMARCA: TIENE UN EFECTO DEVASTADOR" Así explicaba el Insurgente - INFORME DEL PHD KHALET GEBARA MD in USA California (UCLA University FD \, agregando que Francia y Dinamarca acaban de prohibir esta bebida por ser un cóctel peligroso, debido a sus componentes de vitaminas mezcladas como glucuronolactone, químico altamente peligroso, el cual fue desarrollado por el Departamento de Defensa de los Estados Unidos durante los años 60 para estimular la moral de las tropas invasoras en Vietnam, el cual actuaba como una droga alucinógena que calmaba el estrés de la guerra. Pero sus efectos en el organismo fueron tan devastadores, que fue discontinuado, ante el alto índice de casos de migrañas, tumores cerebrales y enfermedades del hígado, que mostraron los soldados que la consumieron. Y a pesar de ello, en la lata de Red Bull aún se lee entre sus componentes: Glucuronolactone catalogado médicamente como un estimulante.
El RED BULL fue creado para estimular el cerebro en personas sometidas a un gran esfuerzo físico y en 'coma de estrés' y nunca para ser consumido como una bebida inocente o refrescante. RED BULL ES LA BEBIDA ENERGIZANTE que se comercializa a nivel mundial con su eslogan: Aumenta la resistencia física, agiliza la capacidad de concentración y la velocidad de reacción, brinda más energía y mejora el estado de ánimo. Todo eso se puede encontrar en una latita de RED BULL, ¡la bebida energética del milenio...!
Red Bull ha logrado llegar a casi 100 países de todo el mundo.
La marca del TORO ROJO, tiene como público a jóvenes y deportistas, dos segmentos atractivos que han sido cautivados por el estímulo que causa la bebida. PERO LA VERDAD DE ESTA BEBIDA ES OTRA.
Lo que no dice la lata de RED BULL, son las consecuencias de su consumo, que obligan a colocar una serie de ADVERTENCIAS:
1).- Es peligroso tomarlo si después no haces ejercicio físico, ya que su función energizante acelera el ritmo cardiaco y te puede ocasionar un infarto fulminante
2).- Corres el peligro de sufrir una hemorragia cerebral, debido a que el RED BULL contiene componentes que diluyen la sangre para que al corazón le cueste mucho menos bombear la sangre, y así poder hacer un esfuerzo físico con menos agotamiento.
3).- Está prohibido mezclar el RED BULL con alcohol, porque la mezcla convierte la bebida en una 'Bomba Mortal' que ataca directamente al hígado, provocando que la zona afectada no se regenere.
4).- Uno de los componentes principales del RED BULL es la vitamina B12, utilizada en medicina para recuperar a pacientes que se encuentran en un coma etílico; de aquí la hipertensión y el estado de excitación en el que te encuentras después de tomarlo, como si estuvieras en estado de embriaguez.
5).- El consumo regular del RED BULL desencadena en la aparición de una serie de enfermedades nerviosas y neuronales irreversibles.
CONCLUSION: Es una bebida que debería restringirse en su uso y en su comercialización; y además debe informarse a la población sobre los efectos perjudiciales para la salud.
Cabe aclarar que estos productos en sus envases deberán contener la descripción de todos sus componentes.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente es que solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
GUZMAN, OLGA ELIZABETH NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0283-D-13